Fijan criterios para aplicar las 42 horas y precisan qué trabajadores pueden quedar fuera de la reducción
La Dirección del Trabajo establece que el ajuste debe ser efectivo, prioriza acuerdos entre partes y fija parámetros cuando no exista consenso laboral.

La Dirección del Trabajo (DT) emitió dos nuevos dictámenes para precisar la aplicación de la rebaja de la jornada laboral a 42 horas semanales, en el marco de la implementación gradual de la ley de 40 horas.
La medida comenzará a regir el 26 de abril de 2026, reduciendo la jornada de 44 a 42 horas.
El dictamen 253/21 recalca que el ajuste debe materializarse de forma efectiva. La DT sostiene que la rebaja “debe implementarse de conformidad con la Ley N°21.561 y con el artículo 24 de la Ley N°21.755, debiendo reflejarse en una disminución efectiva y operativa del tiempo de trabajo”.
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El organismo también refuerza que la implementación debe privilegiar acuerdos. “La ley privilegia el acuerdo entre las partes y con las organizaciones sindicales como mecanismo principal para implementar la rebaja de jornada”, señala el pronunciamiento.
“Grado de autonomía”
En caso de no existir acuerdo, la DT establece criterios de aplicación. En jornadas de cinco días, la reducción será “mediante la disminución de una hora al término de la jornada en dos días distintos”.
Para semanas de seis días, corresponderán “cincuenta minutos al término de la jornada en dos días distintos y la fracción de veinte minutos en un tercer día”.
Por su parte, Fernando Neira, exjefe legislativo del Ministerio del Trabajo, señaló que ”cuando el reporte es periódico, corresponde respetar las 40 horas”.
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