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Dirección del Trabajo determinó que José Miguel Viñuela fue el único responsable en episodio con camarógrafo

El organismo señaló que la acción que cometió el animador en julio pasado "se traduce en una conducta totalmente pluriofensiva atendida a la gravedad y publicidad de los hechos".

José Miguel Viñuela

José Miguel Viñuela

Durante esta jornada se dieron a conocer las conclusiones de la Dirección del Trabajo (DT) en torno al incidente que protagonizó José Miguel Viñuela en el matinal Mucho Gusto. El 16 de julio pasado, el animador le cortó el pelo al camarógrafo José Miranda sin su consentimiento, lo que generó una fuerte controversia que derivó en la salida temporal del rostro del espacio mañanero.

A esto se sumó una demanda del propio Miranda en contra de Viñuela, en la que se exigió una indemnización de $100 millones por los perjuicios causados en el contexto de un programa en vivo.

El sindicato de Mega denunció al canal ante la DT y, según consignó La Tercera, concluyó que Viñuela fue el único responsable del episodio. Por lo tanto, la estación de Bethia —el empleador— quedó eximida.

«La Fiscalía Laboral asignada a la investigación de los hechos ha concluido sin indicios de vulneración por parte del empleador a los derechos fundamentales del Sr. Miranda«, señaló el organismo.

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El escrito agregó que fue «posible establecer mediante la investigación a través de declaraciones, documentos y videos que la empresa adoptó medidas oportunas, suficientes y efectivas al respecto, con lo cual no resulta posible hacer un reproche al empleador, resultando forzoso concluir la investigación como se dijo, sin indicios de vulneración por parte del empleador a los derechos fundamentales del Sr. Miranda».

En resumen, indicó la DT, «fue posible constatar lo denunciado respecto del actuar del Sr. Viñuela para con éste (Miranda), quien según lo investigado resultó ser el único responsable del episodio ocurrido«.

La acción del animador hacia el camarógrafo, remarcó la entidad, fue una «actuación que se traduce en una conducta totalmente pluriofensiva atendida a la gravedad y publicidad de los hechos, existiendo indicios suficientes de vulneración al derecho a la integridad psíquica del Sr. Miranda, al derecho al respeto y protección de su vida privada en cuanto a la autodeterminación de su imagen cual era usar el pelo largo y en relación a ello, de vulneración a su derecho a la no discriminación».

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