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Corte de Santiago eleva indemnización a mujer embarazada que fue sometida a violencia sexual y torturas por la CNI en dictadura

En un fallo unánime la undécima sala del tribunal aumentó el monto resarcitorio a favor de Myriam Araos Garnica.

Poder Judicial

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En una resolución unánime, la undécima sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la responsabilidad del Estado y determinó elevar a $120.000.000 el monto de la indemnización por concepto de daño moral que el Fisco de Chile deberá pagar a Myriam del Carmen Araos Garnica, quien fue detenida y torturada por agentes de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI) en 1988.

El tribunal de alzada modificó la sentencia dictada por el Séptimo Juzgado Civil de Santiago, aumentando la suma económica fijada originalmente en proporción a la gravedad de los daños y secuelas acreditados.

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Según establece el fallo, el 31 de marzo de 1988 la víctima tenía apenas 19 años y presentaba un embarazo de cuatro meses al momento de ser secuestrada por los agentes estatales. Durante más de noventa días permaneció privada de libertad, período en el cual fue sometida a tratos crueles, degradantes, torturas físicas y psicológicas, además de violencia sexual.

“Para analizar la severidad del sufrimiento padecido, se deben tomar en cuenta las circunstancias específicas de cada caso (...) las condiciones de las personas que padecieron dichos sufrimientos, entre ellos, la edad, el sexo y el estado de salud”, plantea la resolución del tribunal.

El documento añade que las secuelas físicas y psicológicas infligidas a la joven gestante “han dificultado su vida y se mantienen hasta la fecha”.

La perspectiva de género en la jurisprudencia de DD.HH.

Un elemento central de la sentencia dictada por la undécima sala es la inclusión de tratados internacionales como la Convención de Belém do Pará y la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, remarcando que las agresiones sufridas por Araos no fueron hechos aislados, sino parte de un patrón sistemático contra las mujeres.

En el fallo, el tribunal reflexiona que las mujeres en dictadura fueron víctimas de vejámenes específicos motivados por su sexo, representando “el castigo material y simbólico que sufrieron muchas mujeres (...) por haber sobrepasado las fronteras de los roles que culturalmente les estaban asignados, al ser catalogadas como ‘enemigas’ y, por ende, objeto de violencia como una política de género destinada a destruirlas y mantener el orden de dominación”.

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