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La Pintana sufre duro revés judicial: Deberá pagar más de $16 millones a trabajadora a honorarios por “despido injustificado”

El máximo tribunal del país determinó que la afectada cumplía funciones habituales bajo subordinación y dependencia, ordenando al municipio el pago de una millonaria indemnización

Municipalidad La Pintana | Cedida

Municipalidad La Pintana | Cedida

En un fallo que vuelve a encender las alertas sobre la precariedad contractual en el sector público, la Cuarta Sala de la Corte Suprema acogió un recurso de unificación de jurisprudencia y declaró la existencia de una relación laboral bajo el Código del Trabajo entre la Municipalidad de La Pintana y una trabajadora que se desempeñó a honorarios durante más de ocho años.

La resolución del máximo tribunal determinó de forma unánime que el despido de la afectada fue injustificado, obligando a la entidad edilicia a pagar una millonaria suma por concepto de prestaciones e indemnizaciones.

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El fallo desestimó la postura del municipio de encuadrar el vínculo bajo el artículo 4° del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (contratación a honorarios para labores accidentales o específicas).

Por el contrario, la Suprema acreditó que las labores de la demandante se ajustaban plenamente a un contrato de trabajo tradicional.

Los ministros destacaron que, en la práctica, la trabajadora cumplía una jornada diaria de trabajo, ajustaba su desempeño a las instrucciones impartidas por su jefatura, informaba periódicamente sobre sus tareas desarrolladas y percibía un estipendio mensual fijo.

“Las labores desempeñadas no se avienen a un cometido específico (...) se vinculaban con actividades propias y permanentes del servicio en cuestión, puesto que aun cuando se las haya enmarcado en algún programa puntual, es claro que sus objetivos coinciden y se corresponden plenamente con los fines del municipio”, sentencia el fallo.

El millonario costo que deberá asumir el municipio

Al dictar la sentencia de reemplazo, la Corte Suprema reconoció la relación laboral de la trabajadora desde el 1 de octubre de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2022, y condenó a la Municipalidad de La Pintana a pagar las siguientes sumas (más reajustes e intereses):

  • $1.255.678 por indemnización sustitutiva del aviso previo.
  • $10.045.424 por indemnización por años de servicio.
  • $5.022.712 por concepto de recargo legal del 50%.
  • $483.019 en total por compensación de feriado legal y proporcional.

Además de los montos anteriores, el dictamen obliga a la casa edilicia a ponerse al día con todas las cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de cesantía (AFC) adeudadas durante prácticamente la totalidad del periodo en que la trabajadora prestó sus servicios (entre 2014 y 2022), las cuales deberán ser calculadas e ingresadas con los reajustes legales correspondientes.

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