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Por práctica antisindical: Justicia ordena reintegrar a trabajadores despedidos ilegalmente en restaurant de comida china en Rancagua

El tribunal impuso el pago de sueldos caídos y un severo castigo comercial a la firma inmobiliaria.

Justicia ordena reintegrar a trabajadores despedidos ilegalmente en restauran de comida china en Rancagua

Justicia ordena reintegrar a trabajadores despedidos ilegalmente en restauran de comida china en Rancagua

El Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua acogió con costas la denuncia por práctica antisindical presentada por la Inspección Provincial del Trabajo en contra de la Sociedad Inmobiliaria Riqueza China Limitada, dueña del Restauran de comida china del mismo nombre.

El tribunal ordenó a la firma el reintegro inmediato de cuatro trabajadores que fueron desvinculados de forma ilegal a pesar de que gozaban de fuero sindical.

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En el fallo, el magistrado Sebastián Bravo Ibarra acreditó que los empleados afectados se encontraban legalmente protegidos por la normativa laboral tras haber concurrido a la asamblea de constitución del sindicato.

La resolución judicial desestimó los argumentos de la empresa, detallando además que la representante de la sociedad mantuvo una negativa expresa y reiterada a subsanar la situación laboral.

Durante las fiscalizaciones y procesos de mediación previos, la inmobiliaria se negó al reintegro argumentando que evaluarían solicitar el desafuero de los operarios, una postura que el tribunal tildó de improcedente.

Mal podría haber solicitado el desafuero de los trabajadores cuando estos ya fueron efectivamente separados de sus funciones. El camino es precisamente al revés: acreditar una causal de desafuero para luego instar por su desvinculación previa autorización de un tribunal”, consigna categóricamente el fallo judicial.

Multas, sueldos caídos y veto estatal

Ante la gravedad de la práctica antisindical cometida, el magistrado Bravo Ibarra aplicó un severo esquema de sanciones en contra de la Sociedad Inmobiliaria Riqueza China Limitada.

En lo económico, la empresa fue condenada al pago de una multa de 10 UTM a beneficio del Fondo de Formación Sindical y Relaciones Laborales Colaborativas.

Asimismo, la firma deberá cancelar la totalidad de las remuneraciones y demás prestaciones laborales adeudadas a cada uno de los cuatro trabajadores de manera retroactiva, abarcando todo el período en que estuvieron desvinculados (desde el 28 de febrero de 2025) hasta el día en que se concrete su reintegro efectivo.

Finalmente, el tribunal impuso un duro castigo comercial a la sociedad denunciada, decretando la inhabilitación absoluta por un período de dos años para contratar o suscribir cualquier tipo de vínculo comercial con empresas estatales.

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