15 balazos a corta distancia: Los brutales detalles del crimen que terminó con un condenado a 17 años de cárcel
Los hechos ocurrieron en mayo de 2025 en la caletera de la Ruta 5 Norte, a la altura del enlace de ingreso a Caleta San Pedro.

Agencia Uno | Referencial
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó a D.A.M.C. a la pena única de 17 años de presidio mayor en su grado máximo, en calidad de autor de dos delitos de homicidio simple: uno consumado y otro en grado de frustrado.
Los hechos ocurrieron en mayo de 2025 en la caletera de la Ruta 5 Norte, a la altura del enlace de ingreso a Caleta San Pedro.
El fallo unánime estableció que el sentenciado deberá cumplir la pena de manera efectiva. Asimismo, se decretó su inhabilitación absoluta perpetua para cargos públicos y se ordenó la incorporación de su huella genética en el Registro Nacional de ADN de Condenados una vez que la sentencia quede ejecutoriada.
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Los hechos judicializados ocurrieron aproximadamente a las 02:00 horas del 20 de mayo de 2025. De acuerdo con la investigación, el condenado se movilizaba junto a las víctimas y otras dos personas en un automóvil por el sector norte de la comuna.
Tras detenerse la marcha del vehículo, D.A.M.C., quien viajaba en el asiento del copiloto, giró hacia atrás y ejecutó múltiples disparos consecutivos con una pistola de corto alcance.
A raíz del ataque, una de las víctimas recibió 15 impactos balísticos en la zona torácica, abdominal y pélvica, lo que le provocó la muerte en el mismo lugar de manera inmediata. La segunda víctima, en tanto, logró sobrevivir a las heridas de proyectil debido al contexto azaroso de la agresión.
“El agente desplegó de manera completa todas las acciones necesarias para conseguir el resultado querido, la muerte de las personas que estaban en el asiento trasero del vehículo, sin embargo, por causas ajenas a su voluntad, aquel se concretó en relación con la víctima y resultó azarosamente incompleto con relación a la segunda”, consigna la sentencia redactada por la magistrada.
Criterio de la pena y absoluciones
Para determinar la sanción de 17 años, el tribunal aplicó el artículo 75 del Código Penal, el cual establece que cuando un solo hecho constituye dos o más delitos, se debe imponer únicamente la pena mayor asignada al delito más grave.
Las juezas tomaron en consideración la extensión del mal causado, enfatizando la total falta de provocación del ataque: “Considerando que la víctima tenía tan solo 27 años y que la conducta sin motivo aparente del autor le arrebató su destino, es que se cuantificará en 17 años de presidio”, añade el dictamen.
Por otra parte, el tribunal decretó la absolución de D.A.M.C. respecto a las acusaciones por un segundo homicidio frustrado, dos delitos de porte ilegal de arma de fuego y dos de porte ilegal de municiones que supuestamente habían sido perpetrados entre abril y mayo del año pasado, debido a que la fiscalía no logró acreditar la participación del imputado en dichos eventos.
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