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Fallo unánime contra el Mineduc: Le dan 10 días para matricular a niño que fue separado de sus hermanos trillizos

Mientras dos de los trillizos lograron ser matriculados en octavo básico de un establecimiento de la zona, el tercero quedó “atrapado” en el sistema.

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Getty Images / Jon Challicom

Un duro revés judicial sufrió el Ministerio de Educación (Mineduc) y la Seremi de la Región de O’Higgins. En un fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Rancagua acogió un recurso de protección presentado por la madre de unos trillizos y ordenó a las autoridades regularizar de manera inmediata la matrícula del único hermano que el Sistema de Admisión Escolar (SAE) había dejado fuera del colegio.

El conflicto se originó durante el proceso de admisión escolar 2026. Mientras dos de los trillizos lograron ser matriculados en octavo básico (jornada tarde) de un establecimiento de la zona, el tercero quedó atrapado en el sistema: primero en lista de espera y luego en la plataforma “Anótate en la Lista”.

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Aunque el menor asistía a clases desde fines de marzo, lo hacía sin una asignación formal ni la autorización administrativa de sobrecupo por parte del ministerio.

La Segunda Sala del tribunal de alzada (integrada por los ministros Ricardo Pairicán, Bárbara Quintana y el abogado integrante Claudio Sepúlveda) fue tajante en su resolución. Los magistrados determinaron que la inflexible respuesta del Mineduc lesionó las garantías constitucionales de igualdad ante la ley y el derecho a la educación del niño excluido.

En el fallo, el tribunal criticó fuertemente la respuesta de las autoridades, señalando que “la juridicidad de la actuación administrativa no se agota en la correcta operación mecánica de una plataforma”.

La Corte fustigó que, ante la evidente excepcionalidad de tres hermanos de la misma edad que siempre han estudiado juntos, el Estado se limitara a invocar el funcionamiento formal del sistema en lugar de buscar soluciones proporcionales.

Para los ministros, obligar a la familia a separar al niño de su grupo familiar inmediato para enviarlo a otro colegio afectaba gravemente su continuidad escolar, transformando la burocracia del sistema en una “omisión arbitraria”.

Por este motivo, la Corte de Apelaciones ordenó al Ministerio de Educación y a la Seremi de O’Higgins un plazo máximo de diez días para adoptar todas las medidas administrativas y coordinaciones necesarias que permitan regularizar formalmente la matrícula y permanencia del estudiante junto a sus hermanos en el octavo básico.

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