Fisco pagará millonario monto a estudiante detenido por error durante tres días: juez hizo fuerte reprimenda a carabineros
Una simple búsqueda realizada por el juez dejó en evidencia la negligencia policial que privó de libertad a un inocente en Antofagasta.
Detenido - Carcel / Twenty47studio
El Primer Juzgado Civil de Antofagasta dictó una sentencia que condena al Estado de Chile al pago de una indemnización de $30 millones en favor de un estudiante de gastronomía. El joven fue víctima de lo que la justicia calificó como un “grosero descuido” por parte de funcionarios de Carabineros, quienes lo detuvieron erróneamente durante un control de identidad bajo el cargo de violencia intrafamiliar.
Los hechos se remontan al año 2020, cuando el afectado fue interceptado por la policía en las inmediaciones de su lugar de estudios. Ante la mirada de sus compañeros, el joven fue arrestado y trasladado a una unidad policial tras ser confundido con un individuo que mantenía una orden de captura vigente por delitos ocurridos en la ciudad de Cañete. Producto de esta negligencia, el estudiante permaneció privado de libertad en un calabozo durante tres días a la espera de un control de detención que nunca debió ocurrir.
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De acuerdo a la información publicada en el portal oficial del Poder Judicial, la confusión se originó exclusivamente por un alcance de nombres y apellidos. El magistrado a cargo de la causa evidenció la fragilidad del procedimiento policial mediante un ejercicio básico: utilizando un buscador de acceso público, el juez constató que existían al menos 18 personas con la misma identidad asociada al nombre que gatilló la detención.
Una “manifiesta falta de servicio”
En el texto de la resolución, el tribunal fue enfático al cuestionar la preparación y el criterio de los uniformados involucrados. “Es difícil creer que personal policial con tanto descuido y sin desplegar acciones complementarias para averiguar de manera objetiva la identidad de un sujeto (...), individualizaran a cualquiera de aquellos”, reza el fallo judicial, subrayando la ausencia de protocolos mínimos de verificación.
La sentencia acogió la demanda civil estableciendo que el episodio constituye una “manifiesta falta de servicio por parte de funcionarios públicos”. Según el tribunal, el Estado debe responder por el daño moral causado, principalmente por haber entregado un servicio deficiente que vulneró los deberes y obligaciones impuestos por el ordenamiento jurídico vigente.
Finalmente, el tribunal determinó que la exposición pública frente a sus pares y la angustia de permanecer encerrado injustificadamente por 72 horas justifican el monto indemnizatorio..