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ESPAÑA. Empresa despidió a mujer que faltó por enfermedad de su perro: Justicia obligó a reincorporarla o indemnizarla

Un tribunal en Barcelona consideró desproporcionado despedir a la empleada que se ausentó para atender a su mascota en estado crítico.

Getty Images | Referencial

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Un fallo judicial en Barcelona abrió un nuevo debate sobre los límites entre las obligaciones laborales y el cuidado de los animales de compañía.

Esto porque el Juzgado de Instancia N.º 11 de la capital catalana declaró improcedente el despido de una trabajadora que se ausentó durante cuatro días consecutivos para atender a su mascota, gravemente enferma.

La empresa había optado por el despido disciplinario, argumentando abandono laboral y ausencia injustificada. Sin embargo, el tribunal estimó que la sanción fue excesiva frente a las circunstancias del caso.

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La trabajadora acreditó que su perra atravesaba un cuadro clínico crítico, que finalmente derivó en la eutanasia, situación respaldada por informes veterinarios que daban cuenta de la urgencia y gravedad del estado del animal.

Proporcionalidad y bienestar animal en el centro del fallo

En su resolución, el juez aplicó el principio de proporcionalidad propio del derecho laboral, señalando que el despido solo procede cuando existe una falta grave y culpable. En este caso, sostuvo que la conducta de la empleada no fue arbitraria. “No se trató de una ausencia caprichosa, sino de una respuesta a una situación extraordinaria e imprevisible”, consigna la sentencia.

El fallo también abordó la colisión entre la normativa laboral y la legislación de protección animal vigente en España. Aunque el ordenamiento jurídico no contempla permisos laborales específicos para el cuidado de mascotas, el tribunal consideró relevante la Ley 7/2023 sobre derechos y bienestar de los animales, que regula la eutanasia en casos de sufrimiento severo y exige certificación profesional. Bajo ese marco, el juez estimó que “no era exigible postergar la atención del animal hasta el término de la jornada laboral”.

Si bien la sentencia reconoce que dos de los días de ausencia no contaban con respaldo probatorio suficiente, concluyó que el contexto global restaba gravedad a la conducta. Además, valoró la inexistencia de antecedentes disciplinarios previos y la disposición de la trabajadora a compensar el tiempo no trabajado.

Como consecuencia, la empresa deberá optar entre reincorporar a la empleada o pagar la indemnización correspondiente por despido improcedente. El fallo marca un precedente relevante en Europa al incorporar la ética del cuidado animal en la evaluación de conflictos laborales.

¿Crees que las leyes laborales deberían contemplar permisos especiales para el cuidado de mascotas en situaciones críticas?

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