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Suspensión masiva de la PGU en Chile: IPS anuncia importante medida para enfrentar error que afectó a miles de pensionados

Un grupo de adultos mayores fue notificado de la suspensión por, supuestamente, haber salido del país; un hecho que los denunciantes aseguran que jamás ocurrió. El Instituto de Previsión Social anunció acción.

Suspensión masiva de la PGU en Chile: IPS anuncia importante medida para enfrentar error que afectó a miles de pensionados

Esta semana se dio a conocer un grave error administrativo del Instituto de Previsión Social (IPS), el cual derivó en la suspensión masiva de la Pensión Garantizada Universal (PGU) para miles de beneficiarios en todo el país.

El universo de afectados superaría los 13 mil adultos mayores, bajo el argumento de que habrían permanecido más de 180 días en el extranjero. Sin embargo, los denunciantes aseguran que la información es falsa, acusando que muchos de ellos ni siquiera cuentan con pasaporte o registros de salida del territorio nacional.

En ese escenario, el IPS anunció medidas para enfrentar la situación.

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“Hemos tomado conocimiento de que algunas personas notificadas han planteado que no han incumplido el requisito de residencia. Por tal razón, dado que esta información se recaba de organismos externos, se ha decidido mantener el pago de estos beneficios en tanto se lleva a cabo una nueva revisión en conjunto con dichas instituciones", explicaron en un comunicado.

“Esa revisión se hará de manera interna, para facilitar la atención a las personas usuarias, y a las personas se les informará a través de notificaciones y de los canales de atención del IPS”, siguieron en el mismo texto.

A la par, se realizó un llamado a la calma. “Queremos dar la tranquilidad de que ninguna persona se quedará sin su PGU si cumple los requisitos legales”, indicaron.

La institución también esclareció que se trataría de un universo pequeño de afectados, del total de más de 2 millones 200 mil personas que poseen el apoyo económico que se reajusta en febrero.

Recordar que, de acuerdo a la Ley N° 21.419, la normativa exige efectuar una revisión anual de los antecedentes para mantener la PGU. La norma establece que si una persona permanece fuera del territorio nacional por un lapso superior a 180 días, continuos o discontinuos, durante un año calendario, se debe extinguir el pago.

Una vez realizado el proceso anterior, se determinó que a cerca de un 0,4% del total de beneficiarios se les debe revisar el cumplimiento del requisito de residencia. De ahí surgieron las cartas de notificación.

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