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Estos son los documentos para votar en la segunda vuelta de las Elecciones Presidenciales 2025 este domingo

Hay que recordar que el voto nuevamente será obligatorio.

Agencia Uno

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Estamos a ad portas de la segunda vuelta de las Elecciones Presidenciales 2025 en Chile, una de las decisiones más importantes y que marca el futuro político del país, por lo que es fundamental estar informados.

Más allá de lo responde a materia netamente política, es importante tener en cuenta cada detalle sobre el proceso de votación. Esto, considerando además que volverá a ser de carácter obligatorio.

Un aspecto básico para aquellos que acudan a sufragar este domingo 14 de diciembre es acudir con la documentación correcta y permitida, ya que debe cumplirse con lo exigido por el Servicio Electoral (Servel).

Revisa también:

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Según lo informado por el Servel, son únicamente dos los documentos aceptados como identificación válida al momento de votar:​

  • Cédula de identidad física.
  • Pasaporte.

Ambos deben presentarse en su versión original e impresa; no se permiten en versión digital ni una fotografía del documento.

No serán considerados: licencias de conducir, comprobantes de renovación, pases escolares ni ningún otro documento de identificación alternativo.​

Para los electores chilenos que residentes en el extranjero, se mantienen los mismos requisitos de identificación. En tanto, los extranjeros residentes en Chile deberán presentar la cédula de identidad para extranjeros como documento válido.​

¿Qué pasa con los documentos vencidos?

Una de las consultas más frecuentes entre los electores tiene relación con la fecha de expiración de los documentos, pensando en que puedan ser los propios papel válidos los que estén vencidos.

El Servel establece criterios claros frente a este caso: la cédula de identidad o pasaporte pueden estar vencidos, pero solo si el vencimiento ocurrió dentro de los 12 meses anteriores a la votación. Es decir, pasados en un año.​

Para la segunda vuelta del 14 de diciembre de 2025, los documentos deben tener una fecha de vencimiento a partir del 16 de noviembre de 2024 en adelante. Si el carnet o el pasaporte vencieron antes de esa fecha, no serán válidos para sufragar.

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