Manejaba sin documentos por Concón, pero fue fiscalizado por ir “pasado a marihuana”: terminó condenado por tráfico
Desde la defensa del detenido alegaron que la droga era para consumo personal, mientras que la Corte Suprema determinó que los argumentos eran incompatibles.

Agencia Uno | Referencial
La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad presentado por un hombre que fue condenado por tráfico ilícito de cannabis, en un caso ocurrido en enero de 2024 en Concón.
El máximo tribunal ratificó la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar, que le impuso 541 días de presidio efectivo y una multa de 4 UTM (más de $270.000).
El caso se registró el 4 de enero de 2024, cuando Carabineros realizaba controles vehiculares aleatorios en Avenida Borgoño. Durante la fiscalización, los funcionarios percibieron un “intenso olor a marihuana” desde un vehículo, lo que permitió iniciar un control de identidad investigativo
En el procedimiento, se hallaron 105,4 gramos de cannabis dentro de una mochila, junto a una balanza digital.
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Desde la defensa del detenido alegaron que la droga era para consumo personal y que la mochila junto a la balanza pertenecía a un tercero, argumentando además que el control policial fue ilegal por basarse únicamente en el olor.
Sin embargo, según la sentencia del tribunal de fondo, el acusado no logró justificar el porte de tal cantidad de marihuana ni demostrar su versión sobre la propiedad del bolso incautado.
En el recurso de nulidad, el abogado defensor acusó una errónea aplicación de la Ley 20.000, solicitando que se recalificara la conducta como consumo personal y que se reconociera la atenuante de colaboración sustancial. También sostuvo que la revisión del vehículo vulneró derechos constitucionales por constituir un registro intrusivo sin orden judicial.
No obstante, la Corte Suprema determinó que los argumentos de la defensa eran incompatibles entre sí y que el libelo carecía de peticiones concretas, requisito indispensable para analizar la supuesta errónea aplicación del derecho.
Además, señaló que el control policial fue legítimo, pues se originó en una fiscalización vehicular regular y derivó válidamente en un control investigativo ante un indicio fundado.
El tribunal también recalcó que al llevar más de 100 gramos de cannabis junto a la balanza digital permitía concluir que la droga estaba destinada a su comercialización y no al consumo personal, versión que no logró ser respaldada por la prueba de la defensa.
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