• 20 DIC 2025

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ExPDI que quedó inválida en estallido social acusa al Estado de grave “omisión ilegal”: denuncia que fue ascendida erróneamente

Danitza Araya presentó un recurso de protección para que se le reconozca un ascenso mayor al fijado por el Ministerio de Seguridad Pública.

La exoficial de la PDI Danitza Araya volvió a la justicia, esta vez para impugnar el grado con el que fue retirada de la institución, alegando que el Ministerio de Seguridad Pública no aplicó un beneficio al que —según su defensa— tenía derecho tras quedar inválida en un operativo durante el estallido social.

Concretamente, la acción fue ingresada ante la Corte de Apelaciones de Santiago y cuestiona directamente el decreto que formalizó su salida en 2025.

Según consta el documento, Araya quedó parapléjica el 21 de octubre de 2019, luego de ser atropellada y recibir impactos de bala en un procedimiento que la propia PDI registró como ejecutado en actos del servicio y en un escenario de conmoción interna.

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En ese contexto, con esos antecedentes, el Ministerio dictó el Decreto Exento N.º 22, que la ascendió a subcomisaria y fijó una invalidez del 60%.

Sin emabrgo. el reclamo presentado ahora sostiene que la autoridad debió aplicar el artículo 129 del DFL N.º 1, disposición que permite reconocer 30 años de servicio a funcionarios que quedan inválidos en condiciones como las que enfrentó Araya.

La defensa afirma que, con ese cómputo, el ascenso habría correspondido al grado de prefecto inspector y no al grado 9 que estableció el decreto.

Según señaló a La Tercera, el abogado Antonio Cordano, su representada “cumple con todos los requisitos para estos beneficios: invalidez en actos del servicio, ocurrencia en circunstancias de conmoción interna y reconocimiento del jefe del servicio”. Añadió que la omisión del beneficio “es un acto ilegal que contraviene un mandato expreso y corresponde a una ilegalidad y arbitrariedad manifiesta”.

En el recurso se solicita recalcular el grado con efecto retroactivo al 15 de octubre de 2021 —fecha en que COMPIN fijó su nivel de invalidez— y ordenar a la PDI, DIPRECA y al Ministerio de Seguridad Pública el pago de remuneraciones y beneficios asociados al grado superior.

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