Elecciones 2025: Estas son las sanciones por hacer campaña durante la veda electoral
Durante este periodo está prohibido difundir mensajes que promuevan candidaturas o realizar actos públicos con fines electorales.

Agencia Uno
A partir de las 00:00 horas de este viernes 14 de noviembre comienza oficialmente la veda electoral para las Elecciones 2025 en Chile, período en el que queda prohibido cualquier forma de propaganda.
Según lo informado por el Servicio Electoral (Servel), esta medida busca garantizar un espacio de reflexión libre de presiones para los votantes antes de acudir a las votaciones de este domingo.
Qué está prohibido durante la veda
El organismo detalló que queda prohibido difundir o contratar propaganda en prensa, radio, televisión, redes sociales o cualquier formato digital.
También se restringen actos públicos de campaña, reuniones masivas con fines electorales y la instalación de carteles, afiches o lienzos fuera del plazo autorizado.
Asimismo, los municipios deben reportar cualquier propaganda que permanezca instalada y no haya sido retirada a tiempo, mientras que las candidaturas deben cumplir con el retiro de todo material visible durante la veda.
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Multas que arriesgan quienes infrinjan la ley
Las sanciones van desde 20 hasta 200 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), montos que pueden superar los $13 millones dependiendo de la gravedad de la infracción.
Estas multas pueden aplicarse tanto a candidatos como a partidos políticos, responsables de campañas, empresas involucradas en la difusión de propaganda o incluso a particulares que publiquen contenidos electorales.
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