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Suprema ordena a Corporación Municipal de Conchalí pagar facturas por compra de medicamentos

La farmacéutica Synthon Chile Limitada presentó una demanda por cobro de facturas en contra de la corporación, quien fue condenada a pagar una millonaria cifra.

Suprema ordena a Corporación Municipal de Conchalí pagar facturas por compra de medicamentos

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia que acogió la demanda de la farmacéutica Synthon Chile Limitada en contra de la Corporación Municipal de Conchalí de Educación, Salud y Atención a Menores. 

Dicha demanda fue presentada por el cobro de facturas, por lo que se condenó a la corporación municipal a pagar $8.765.300 por la compraventa de medicamentos. De este modo, el máximo tribunal desestimó el origen del recurso de casación por falta de fundamento:

<blockquote><p>“Se funda en que los <strong>sentenciadores alteraron la carga de la prueba</strong> (…) cuestionando que el contrato y la prestación de servicios <strong>puedan acreditarse mediante facturas</strong>. Solicita que se invalide la sentencia y <strong>se dicte una de reemplazo que revoque la dictada en primera instancia</strong>”, señala el fallo según consignó el <a href="https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/96917" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Poder Judicial</a>.</p></blockquote>

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«Falta de fundamento»

En ese sentido, se agrega que al deducirse acción de cobro en el juicio -mediante una serie de compraventas mercantiles-, “la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar la transgresión de aquellos preceptos que sirven o sirvieron para resolver”.

Pero “el recurrente omite extender la infracción a los artículos 1437, 1545 y 1793 y siguientes, todos del Código Civil, y artículo 155 del Código de Comercio, teniendo en consideración que es precisamente dicha normativa la que sirvió de fundamento a las acciones deducidas”, detalla el fallo.

Ante esto, “genera un vacío que la Corte Suprema no puede subsanar, dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad intentado, razón por la cual será rechazado por manifiesta falta de fundamento”, cierra.

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