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Corte de Apelaciones de Concepción deja sin efecto suspensión del Director Nacional de Migraciones

Luis Thayer había sido suspendido por 10 días de su cargo, por la demora en contestar un recurso de protección de una ciudadana cubana.

Corte de Apelaciones de Concepción deja sin efecto suspensión del Director Nacional de Migraciones

Corte de Apelaciones de Concepción deja sin efecto suspensión del Director Nacional de Migraciones

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Se esperaba que fuera la Corte Suprema la que revisara el caso del Director Nacional de Migraciones Luis Thayer, quien había sido suspendido por 10 días por la demora del organismo en emitir una respuesta a un oficio relacionado a la tramitación de un recurso de protección presentado por una ciudadana cubana, la que solicitaba la visa temporal.

No obstante, el Tribunal de Alzada en la región del Biobío suspendió la medida porque se cumplió lo pedido: la entrega de solicitud de visa temporal. Por lo que no hay materia en la que la corte deba tener incumbencia. Es por ello que se decide que la suspensión de 10 días no corre.

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«Teniendo únicamente presente el desistimiento del recurso de protección presentado por el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, se deja sin efecto la suspensión de funciones del Director del Servicio Nacional de Migraciones, decretada en resolución de 11 de julio pasado», indicaron desde la Corte de Apelaciones de Concepción.

La explicación del Servicio Nacional de Migraciones (Sermig)

La semana pasada, y mediante un comunicado, Migraciones aclaró que en abril de este año recibieron un servicio con 500 mil solicitudes de residencias temporales y definitivas, con uno, dos y hasta más años de retraso.

“Hoy existen más de 8.000 recursos judiciales presentados contra el Sermig en todo el país, los cuales están siendo respondidos por un equipo de 13 abogados especializados en la materia”, se señaló en el documento.

Para el caso puntual de la ciudadana cubana, explicaron que  “la usuaria no vio afectados sus derechos en ningún momento (…) mientras su solicitud estaba tramitándose, tuvo acceso a una autorización de trabajo y residencia provisorio”.

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