Rentas vitalicias: Chilena Consolidada recurrió a TLC con Suiza para resolver conflicto por retiro del 10%
La aseguradora es filial de una compañía con base en la ciudad de Zurich, por lo que activó este mecanismo en medio de la polémica por el pago de los anticipos.

Dinero
Continúa el conflicto de las aseguradoras con el Gobierno por el retiro del 10% de las rentas vitalicias. A través de un hecho esencial ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), Chilena Consolidada informó que envió una carta a los ministerios de Hacienda y Relaciones Exteriores.
La misiva consiste en solicitar formalmente dar inicio a un proceso de consultas con el Estado de Chile, al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 del “Acuerdo con la Confederación Suiza sobre la Promoción y la Protección Recíproca de Inversiones y su Protocolo”. Esto corresponde al Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Chile y el país europeo, que se concretó en agosto del 2002.
La compañía de seguros de vida, filial de Zurich Insurance Company, menciona en la carta que la solicitud «se efectúa con el ánimo de buscar —mediante el procedimiento de consultas contemplado en el Tratado— una solución amigable y de largo plazo a la situación generada en relación con la dictación de la Ley N°21.330«.
El cuerpo legal mencionado se refiere al proyecto que permite el retiro del 10% no sólo en los fondos de pensiones, sino también en las rentas vitalicias.
Dicho punto, argumentó Chilena Consolidada, «provoca incertidumbre en el mercado de los seguros, específicamente de las rentas vitalicias, y vulnera la intangibilidad de los contratos, el derecho de propiedad y otros derechos fundamentales».
Todo lo anterior se traduce en que el TLC entre ambos países incluye un mecanismo en el que se puede zanjar diferencias o controversias entre ambos países, antes de llegar a instancias judiciales. Este proceso incluso podría durar meses.
«La compañía tiene conciencia de la situación que enfrenta Chile y sus ciudadanos, y por lo mismo fue una de las primeras en comenzar con el pago de los anticipos», señalan desde la firma en el hecho esencial. «No obstante ello, tiene también el deber de velar por el respeto de sus legítimos intereses, a los contratos vigentes y a la normativa nacional e internacional».
Finalmente, la carta concluye que «la compañía y Zurich Insurance Company Ltd hicieron expresa reserva de todas las acciones y derechos que les asisten en conformidad al Tratado y a la normativa nacional e internacional aplicable«.
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