Avanza la Ley Valentín: estas son las obligaciones para departamentos que busca evitar más muertes por caídas de niños
Conozca los detalles del proyecto refundido en el Senado que prohíbe a las comunidades y reglamentos de copropiedad impedir la instalación de mallas de seguridad.

AGENCIAUNO / Hans Scott
La Sala del Senado aprobó por unanimidad y despachó a su segundo trámite constitucional en la Cámara de Diputadas y Diputados el proyecto de ley que busca implementar sistemas de seguridad adicionales para impedir caídas accidentales desde edificaciones en altura.
La iniciativa, que refunde cinco mociones parlamentarias presentadas por diversos comités desde el año 2024, busca marcar un cambio estructural en las exigencias de habitabilidad urbana en el país.
El debate estuvo cruzado por la conmoción pública tras el fallecimiento de Isidora, una menor de dos años que cayó este fin de semana desde el piso 11 de un edificio en Las Condes. Durante las intervenciones, los legisladores recordaron que la ley llevará el nombre de “Ley Valentín”, en memoria de un niño de 5 años que perdió la vida tras precipitarse desde el piso 13 de una torre en San Pedro de la Paz, en junio de 2025.
Revisa también:

Obligaciones para propietarios y arrendatarios
De acuerdo con lo explicado por el integrante de la Comisión de Vivienda y Urbanismo, el senador Gustavo Sanhueza, el proyecto introduce modificaciones clave a la convivencia e infraestructura en altura:
- Fin a los vetos estéticos: Los reglamentos de copropiedad de los edificios no podrán, bajo ninguna circunstancia, prohibir la instalación de sistemas de seguridad para impedir caídas. No obstante, las administraciones sí mantendrán la facultad de exigir estándares mínimos de calidad y estética para las mallas.
- Criterio de obligatoriedad: Todos los dueños y arrendatarios de inmuebles habitacionales ubicados del segundo piso hacia arriba tendrán la obligación legal de instalar mallas de protección, ventanales reforzados o sistemas de bloqueo de puertas si en el hogar residen menores de 12 años o personas con necesidades especiales.
Radiografía a una tragedia invisible y el rol inmobiliario
La urgencia de la tramitación fue respaldada por las alarmantes estadísticas del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) expuestas en el hemiciclo. Los informes revelaron que entre los años 2022 y 2024 se identificaron 39 menores de 18 años fallecidos por caídas de altura. La crisis no ha mermado: entre mayo de 2025 y marzo de 2026, se registraron 14 nuevas muertes por la misma causa, de las cuales 11 correspondieron a menores de edad.
| Estadísticas de fallecidos por caídas en altura (INE) | |
|---|---|
| Periodo 2022 - 2024: | 39 menores de 18 años fallecidos. |
| Periodo Mayo 2025 - Marzo 2026: | 14 fallecidos totales (11 de ellos menores de edad). |
Pese al consenso general, la Sala albergó reflexiones críticas sobre los límites de la legislación. Algunos parlamentarios lamentaron que el Estado deba regular materias que responden estrictamente al “sentido común” y al deber de cuidado de los padres, planteando que el foco también debería estar en elevar severamente las sanciones penales a los cuidadores cuando exista una conducta negligente.
Hacia el cierre, se abrió el debate sobre el futuro del mercado inmobiliario residencial. Los senadores propusieron avanzar para que, en las próximas modificaciones urbanísticas, las empresas constructoras tengan la obligación técnica de edificar y entregar los departamentos con estos sistemas ya incorporados de fábrica, garantizando que dicha implementación de seguridad no sea traspasada como un costo extra en el precio final de la vivienda para los clientes. Tras el amplio respaldo, el ministro de la Segpres, José García, confirmó que el Ejecutivo acogió la solicitud transversal del Congreso y otorgará la urgencia necesaria para acelerar su votación en la Cámara Baja.
Sigue a ADN.cl en Google Discover
Recibe nuestros contenidos directamente en tu feed.





















