Jose Ramón Correa se impone ante la justicia: Corte de Apelaciones declara ilegal incautación en su contra por el caso Sartor
La instancia judicial acogió el recurso de amparo interpuesto por abogado de Michael Clark y director de Azul Azul tras sufrir la incautación de documentos y dispositivos tecnológicos.

Jose Ramón Correa se impone ante la justicia: Corte de Apelaciones declara ilegal incautación en su contra por el caso Sartor / Universidad de Chile
La semana pasada, en ADN Deportes te contamos del recurso de amparo interpuesto por el vicepresidente de Azul Azul, Jose Ramón Correa, tras la incautación de documentos y aparatos tecnológicos de su sociedad Romántico Viajero SpA.
Todo tras ser involucrado en la investigación por el Caso Sartor, apuntando a su rol en torno a las gestiones de Michael Clark para hacerse con la mayoría accionaria de la sociedad anónima que rige los destinos de la Universidad de Chile.
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Al respecto, de manera unánime, la octava sala de la Corte de Apelaciones acogió la acción desarrollada por José Ramón Correa.
Entre los argumentos de la instancia legal, a los cuales tuvo acceso ADN Deportes, se recalcó que el abogado “no fue consignado como imputado en la petición y consecuente resolución impugnada de 29 de abril de 2026, siendo objeto de la ejecución de la medida intrusiva el 4 de mayo último, incautándose, según la autorización judicial permitía, su teléfono celular y computador personales, entre otras especies”.
“La resolución recaída en la mencionada solicitud versa, en lo pertinente a la denuncia planteada en el recurso, sobre diligencias limitadoras de derechos y garantías fundamentales, contra personas que no tienen la mencionada calidad: José Ramón Correa Díaz, quien es referido, con miras al levantamiento del velo societario, en base a categorías puramente fácticas que conciernen a motes (“escudero”) o referencias criminológicas que, en lo que importa a la plausibilidad de la intrusión, no se dotan de contenido”, plantea el fallo, cuestionando el criterio para la solicitud de la incautación contra Correa.
“La actuación dual del Ministerio Público, soslayando calidad procesal de Correa Díaz en la solicitud, para luego, en el curso de su ejecución, reconocerla expresamente, sin nuevos elementos para atribuírsela, incorpora un elemento que cierne un manto de duda acerca de la plausibilidad de los elementos invocados, en el marco del respeto de los derechos que se derivan de la calidad de imputado en el proceso penal”, concluyen, apuntando a que el cuarto Juzgado de Garantía de Santiago debe fijar audiencia de cautela de garantías respecto de si el vicepresidente de Azul Azul tiene calidad de imputado o no en el Caso Sartor.
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