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Llamadas de cobranza sin prefijo: abogada analiza el fallo de la Corte Suprema y sus implicancias en Chile

La decisión reabre el debate sobre sus límites de las llamadas a teléfonos personales.

Llamadas de cobranza sin prefijo: abogada analiza el fallo de la Corte Suprema y sus implicancias en Chile

Llamadas de cobranza sin prefijo: abogada analiza el fallo de la Corte Suprema y sus implicancias en Chile / Pablo Ovalle Isasmendi

La Corte Suprema dejó sin efecto la obligación de identificar con prefijos especiales las llamadas de cobranza del retail financiero. La decisión distingue estas comunicaciones del telemarketing y reabre la discusión sobre los límites legales de las gestiones de cobro a deudores.

El fallo resolvió que las llamadas de cobranza realizadas por empresas del retail financiero no deben utilizar los prefijos especiales establecidos para identificar comunicaciones comerciales masivas o de telemarketing. La decisión judicial deja sin efecto una medida administrativa que exigía este tipo de numeración para distinguir llamadas comerciales.

El tribunal estableció que las gestiones de cobranza extrajudicial no corresponden a comunicaciones publicitarias, sino que forman parte de una relación contractual previa entre el acreedor y el deudor. Bajo ese criterio, determinó que estas llamadas no deben ser tratadas como telemarketing ni quedar sujetas a la misma regulación.

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La abogada y socia de DefensaDeudores.cl, Tania Oliveira, explicó que este tipo de comunicaciones tiene un marco legal distinto. “Las llamadas de cobranza tienen regulación propia y además se sustentan en una relación previa entre el deudor y el acreedor”, señaló.

Según explicó, la normativa busca equilibrar la posibilidad de informar al deudor sobre su situación financiera sin caer en prácticas abusivas. “La ley exige que el acreedor informe al deudor cuando deja de pagar una cuota, porque uno de los pilares de la protección al consumidor es precisamente la información”, indicó.

La discusión sobre las llamadas de cobranza se da en un contexto donde millones de personas en Chile mantienen algún tipo de deuda, y donde los contactos telefónicos para gestionar pagos forman parte habitual del proceso de cobranza extrajudicial. En el pasado, este tipo de comunicaciones generó críticas debido a prácticas consideradas hostigantes, por ser llamados reiterados y en horarios inadecuados.

Los límites y la legislación

La legislación vigente estableció límites para las empresas de cobranza. Actualmente, estas solo pueden realizar una llamada semanal al deudor y complementar la gestión con otras comunicaciones, como correos electrónicos o mensajes, respetando intervalos mínimos entre cada contacto.

Además, la normativa prohíbe prácticas como amenazas de embargo o la entrega de información de la deuda a terceros, como familiares o empleadores, situaciones que fueron denunciadas en años anteriores y que motivaron regulaciones específicas para proteger a los consumidores.

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