¿Un funcionario del nuevo gobierno te bloqueó en redes? Está prohibido y puedes denunciar ante Contraloría
El organismo fiscalizador señala que las cuentas usadas para informar sobre funciones públicas no pueden restringir usuarios. Estos son los pasos a seguir.

Photo: Matthias Balk/dpa (Photo by Matthias Balk/picture alliance via Getty Images) / picture alliance
Las autoridades y organismos públicos no pueden bloquear a ciudadanos en redes sociales cuando utilizan esas cuentas para difundir información oficial o de interés público. Así lo ha establecido la Contraloría General de la República, que incluso habilitó mecanismos para que las personas puedan denunciar este tipo de situaciones.
El criterio está contenido en el dictamen N.º 18.671 de 2019, donde el organismo fiscalizador señala que las cuentas institucionales en plataformas digitales forman parte de los canales de comunicación del Estado.
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Por ello, los perfiles de las autoridades de gobierno están sujetos a principios como la publicidad, transparencia y acceso a la información, lo que impide bloquear o restringir a usuarios.
La misma interpretación se aplica cuando una autoridad utiliza una cuenta personal para comunicar asuntos vinculados a su cargo. En esos casos, la Contraloría ha indicado que el perfil queda sometido a las mismas obligaciones que una cuenta institucional, por lo que tampoco corresponde bloquear a personas que intenten acceder a la información publicada.
El organismo sí ha señalado que las autoridades pueden realizar moderación proporcional de contenidos, por ejemplo eliminando comentarios ofensivos o que vulneren normas de convivencia digital. Sin embargo, esa facultad no incluye el bloqueo total de usuarios.
Método para denunciar ante Contraloría
Quienes se vean afectados por este tipo de restricciones pueden presentar una denuncia a través del sitio web de Contraloría. Para ello deben ingresar a contraloria.cl, dirigirse a la sección “Atención Ciudadana”, luego a “Servicios CGR en línea” y seleccionar “Denuncia en línea”, donde se puede identificar a la autoridad o servicio público involucrado.
En la denuncia es posible adjuntar capturas de pantalla que acrediten el bloqueo y citar los dictámenes del organismo, entre ellos el N.º 18.671 de 2019 y el N.º 6.696 de 2020, que han establecido los criterios aplicables al uso de redes sociales por parte de autoridades mientras ejercen funciones públicas.

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