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Derechos laborales de personas afectadas por incendios forestales en Chile: ¿Me pueden despedir por no ir a trabajar?

La Dirección del Trabajo (DT) se pronunció sobre los deberes y derechos laborales durante la emergencia.

Derechos laborales de personas afectadas por incendios forestales en Chile: ¿Me pueden despedir por no ir a trabajar?

Desde el fin de semana pasado que una serie de incendios forestales han afectado fuertemente a las regiones de Ñuble y Biobío. De hecho, según el último reporte compartido por el Gobierno se han contabilizado a más de 7 mil personas damnificadas.

En ese contexto, la Dirección del Trabajo (DT) emitió un dictamen estableciendo los deberes y los derechos laborales para empleadores y trabajadores durante la catástrofe generada por los siniestros.

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Dicho pronunciamiento aborda tres aspectos: el resguardo de la vida y salud de trabajadores, protección de las remuneraciones y continuidad laboral y el resguardo laboral de los cuerpos de Bomberos.

¿Qué dice la Dirección del Trabajo sobre los trabajadores damnificados?

El organismo señala que “trabajadores que estén sufriendo secuelas humanas o materiales que, de acuerdo a los hechos públicos y notorios, le hagan imperioso permanecer con su familia o en su lugar de residencia, albergue u hogares de familiares, podrían encontrarse en un contexto en que exista justificación para no asistir a cumplir las obligaciones laborales, durante el tiempo que objetivamente permanezcan esas condiciones”.

“En tal situación, el empleador deberá pagar las remuneraciones correspondientes y convenir posteriormente con sus trabajadores y trabajadoras la restitución de los tiempos no trabajadores por causa de los incendios y catástrofes”, agregan.

De lo contrario, encaso de término de la relación laboral por este motivo, “serán los Tribunales de Justicia quienes tendrán la competencia para calificar la justificación de la causal invocada”, especifican.

“Lo más probable si demandas es que ganes”

En diálogo con ADN.cl, Pedro Peña, especialista en derecho laboral y cofundador del estudio jurídico SoyTrabajador.cl, detalló que “si te despiden y tú estabas en una situación real de catástrofe (por ejemplo, se quemó tu hogar), lo más probable si demandas es que ganes tu demanda y el empleador deba pagarte las indemnizaciones que corresponden por “equivocarse” al despedirte".

“Por eso la recomendación operativa no es “desaparecer”: es avisar de inmediato y por escrito, explicar la situación y acompañar una justificación mínima (mensaje, comprobante, constancia, registro de emergencia o lo que exista)“, agregó Peña.

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