Corte de Santiago sanciona a supermercado por robo de auto en su estacionamiento: deberá pagar millonaria indemnización
La Corte recalcó que los estacionamientos forman parte del servicio ofrecido por el comercio y que su uso genera una expectativa legítima de resguardo para quienes los utilizan.

Agencia Uno | Referencial
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una condena contra un supermercado de la cadena Hiper Líder, tras establecer su responsabilidad en el robo del vehículo de una clienta ocurrido al interior del estacionamiento del local ubicado en la comuna de La Florida. El tribunal ratificó la obligación de indemnizar a la afectada con $8 millones por daño emergente.
Según el fallo, el hecho ocurrió mientras la consumidora realizaba compras en el supermercado, utilizando un estacionamiento dispuesto por la propia empresa. Para la Corte, quedó plenamente acreditada la relación de consumo y el deber del proveedor de garantizar condiciones mínimas de seguridad a sus clientes.
El tribunal sostuvo que la empresa actuó de manera negligente al prestar un servicio deficiente, incumpliendo su obligación legal de evitar riesgos que afecten a los consumidores, tal como lo establece la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor. La sustracción del vehículo, indicó la sentencia, ocurrió dentro de un espacio bajo control del proveedor.
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La Corte recalcó que los estacionamientos forman parte del servicio ofrecido por el comercio y que su uso genera una expectativa legítima de resguardo para quienes los utilizan. En este caso, la falta de medidas adecuadas de seguridad configuró una infracción a la normativa vigente.
En cuanto a la indemnización, el tribunal resolvió rebajar el monto fijado en primera instancia, reduciéndolo de $8.053.785 a $8.000.000, cifra que deberá ser pagada por concepto de daño emergente a la afectada.
No obstante, la Corte revocó la condena en costas impuesta inicialmente al supermercado, argumentando que la empresa no fue completamente vencida en el proceso judicial, por lo que quedó eximida de ese pago.
La sentencia quedó firme tras la resolución del tribunal de alzada, cerrando el caso y consolidando un precedente relevante para reclamos similares por robos en recintos comerciales.
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