No es más clase de gimnasia: Las claves de los “60 minutos diarios” que deberán gestionar los colegios
La ley prohíbe conmutar este tiempo con la asignatura de Educación Física y Salud; el foco estará en recreos dirigidos, talleres y metodologías activas en el aula.

No es más clase de gimnasia: Las claves de los “60 minutos diarios” que deberán gestionar los colegios / Magaly Visedo S.
Tras una larga espera legislativa de 14 años, el Gobierno promulgó finalmente la ley que establece la obligatoriedad de realizar 60 minutos diarios de actividad física en los establecimientos educacionales de Chile.
La iniciativa, que permaneció estancada durante siete años en la Comisión de Hacienda del Senado, fue aprobada de manera transversal en el Congreso y publicada recientemente en el Diario Oficial, marcando un giro en la estrategia estatal para combatir la obesidad infantil y el sedentarismo.
El objetivo central de la normativa es desincentivar las conductas sedentarias y reducir el tiempo excesivo que los estudiantes pasan frente a las pantallas, factores considerados de alto riesgo para la salud física y mental de niños y adolescentes. Con esta medida, Chile alinea sus políticas públicas con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y sigue el ejemplo de naciones como Finlandia, Francia y China.
¿En qué consisten los 60 minutos?
La nueva ley mandata a todos los colegios del país —tanto de educación parvularia, básica como media— a garantizar una hora de movimiento al día. Es fundamental aclarar que este tiempo no reemplaza ni se puede conmutar por la asignatura tradicional de Educación Física y Salud. Se trata de un tiempo adicional o integrado a la jornada escolar existente.
Revisa también:

La implementación será flexible y adaptada al nivel educativo:
- Educación Parvularia: Se priorizarán los “juegos activos” y actividades lúdicas.
- Básica y Media: Se fomentará la práctica de deportes, talleres, recreos dirigidos y “pausas activas” dentro de otras asignaturas o bloques horarios. Además, la ley exige que estas actividades sean inclusivas, garantizando la participación de estudiantes con discapacidad y necesidades educativas especiales.
Implementación gradual desde 2027
Para permitir que los establecimientos ajusten sus planes de gestión y convivencia escolar, la ley no entrará en vigor de inmediato. El cronograma establecido define una aplicación en dos etapas:
- Año escolar 2027: Comienza la obligatoriedad para los niveles de Educación Parvularia hasta 4° Básico.
- Año escolar 2028: Se suman los cursos de 5° Básico hasta 4° Medio.
Desde el Ejecutivo destacaron que la medida no implicará nuevos gastos para el Estado, ya que su ejecución se integrará a los planes de gestión educativa ya existentes en los recintos. El desafío ahora recae en los equipos directivos y docentes, quienes deberán rediseñar la jornada para incorporar el movimiento como un hábito diario y no solo como una materia más.
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