;

ADN Hoy. Operación renta 2024: tesorero general de la República entrega las claves del proceso

Hernán Nobizelli contó de las fechas importantes, las nuevas reglas para las propiedades, qué ocurre con las cotizaciones previsionales y todo lo necesario para que los números queden bien.

Revisa la seccion lo ultimo
Hernán Nobizelli, tesorero general de la República, por Operación Renta 2024 - ADN Hoy - 8 de abril de 2024

Hernán Nobizelli, tesorero general de la República, por Operación Renta 2024 - ADN Hoy - 8 de abril de 2024

16:02

Compartir

El código iframe se ha copiado en el portapapeles

<iframe src="https://www.adnradio.cl/embed/audio/538/1712577560198/" width="100%" height="360" frameborder="0" allowfullscreen></iframe>

Abril partió con la Operación Renta 2024: las declaraciones de los contribuyentes que se hicieron entre el lunes 1 y el lunes 8 van a tener una devolución de impuestos excepcional el día viernes 26 de este mes. Fue, quizás, un incentivo, pero no por ello menos importante. Al menos no así para Hernán Nobizelli, tesorero general de la República, según contó la mañana de esta jornada en ADN Hoy. “Es importante porque implica la revisión: los contribuyentes, una vez que entran a la página web y revisan la información puesta en el formulario, hagan la revisión de los agentes declarados porque es información que entregan terceros al SII (Servicio de Impuestos Internos), se cruza la información y se generan las propuestas del formulario 22″, precisó.

El proceso mismo es habitual, particularmente para empleadores y trabajadores independientes. Pese a eso, hay asuntos, como las observaciones que puede hacer el SII a las declaraciones juradas, que podrían ser señal de un problema mayor. Ante esto, Nobizelli calificó como “relevante” que, en el caso de los reparos, se “acuda a la institución y determine cuál es la situación de por qué no está actualizada o una nueva información de la declaración jurada. Posteriormente, en caso de que aceptara la propuesta del SII, principalmente para poder recibir anticipadamente esta devolución, el SII va a exigir al retenedor que haga una rectificatoria de esa declaración jurada y posteriormente la modificación, en caso que corresponda, de la devolución o del pago del impuesto al contribuyente”.

Revisa también

ADN

Es decir, el contribuyente tiene dos opciones: que tome las acciones él con el agente retenedor (”que puede ser el empleador, un banco, una compañía de seguros, etcétera”) o que espere a que el SII haga la gestión.

Fechas

Son cuatro millones 700 mil contribuyentes los que esperan a hacer el trámite de declaración de renta. Sobre las fechas, el tesorero explicó: “En esta primera etapa, hasta el 8 de abril, el SII en esta materia establece los periodos de declaración, principalmente entre el 1 y el 8 de abril, para quienes tienen devolución; para quienes van a hacer pagos, sean empresas o personas naturales, deben hacerlo a partir de mañana”.

“Si tenía ingresos por honorarios, pero tenía una deuda con el Estado, por ejemplo, el préstamo solidario 2020-2021, en esos casos se generan montos a pagar, lo que podría disminuir el monto de la devolución, o incluso generar montos a pagar al Fisco. Por eso es relevante que en las declaraciones juradas, que son acciones que tiene el contribuyente durante el año, con distintos actores, que pudieran generar de alguna manera un ingreso que no necesariamente obliga a tener un excedente y de alguna manera compensa esos excedentes, puede generar un pago de impuesto. Por eso es importante que cada contribuyente se haga cargo y revise y haga las consultas, tanto en Tesorería como en el SII, de cuáles son los ítems, los conceptos, que están en los códigos del formulario 22, de tal manera de hacerse cargo de cuáles son las situaciones que durante el año ejerció y que obviamente pueda generar un pago de impuestos.”, precisó luego.

Así las cosas, cabe recordar que el pago de impuestos se hace “de acuerdo a los ingresos del contribuyente durante el año, pero también a aquellos gastos que puedan reducir esos ingresos para poder pagar los impuestos. Es sumamente importante la revisión de la declaración jurada, leer los conceptos de los códigos asociados a este y hacer las consultas del caso a Tesorería”.

En 2023, la primera etapa de la declaración tuvo la participación de un millón 200 mil contribuyentes, lo que significó una devolución por parte de la Tesorería de $308 mil millones. Adelantó el testorero: “En esta primera etapa son 1.2 millones, 1.3 millones los que deberíamos hacer la devolución, y los montos probablemente puedan subir. Los segundos procesos también incorporamos a contribuyentes que puedan tener contribuciones, que puedan hacer su declaración antes del 8 de abril y lo hagan de manera posterior, obviamente la devolución es en una fecha distinta”.

Bienes raíces

Una novedad en esta declaración de impuestos fue el registro de propiedades asociadas al rut del contribuyente, el destino de estas y de cuánto es el arriendo, en caso de arrendarlas. Nobizelli aclaró que esto tiene que ver “con la responsabilidad de cada contribuyente que lo declare dentro del formulario 22″: “En la página del SII hay una guía de cómo hacerlo y tiene que definir las propiedades por las cuales tiene ingresos por arriendo, pues son ingresos constituidos como de renta. Es importante, pues para algunas personas que tengan propiedades acogidas al DFL2, es decir, que son de menos de 140 metros cuadrados, esas propiedades no necesariamente pagan impuestos; sí hay que declararlas, que son ingresos provenientes de esos arriendos, pero no necesariamente son constitutivos de renta porque tienen esa extensión”.

Y complementó: “En este caso, alguna persona natural que tuviera propiedades en arriendo, de 140 metros cuadrados, acogidas al DFL2, hasta 2 propiedades quedan exentas del pago de impuestos; en la tercera esos ingresos son constitutivos de renta. Es importante que en la declaración, en caso de tener más de 3 propiedades, lo haga de manera oportuna y clara”.

Finalmente, sobre el pago de cotización, el tesorero precisó que dependerá del contribuyente si sus cotizaciones serán completas o parciales: “Depende de la definición del contribuyente, si quiere hacer una cotización completa o parcial: si es completa, los recursos irán a la cotización de los 12 meses del año siguiente (a partir de julio); pero también podría definir que es una cotización parcial. Allí debe hacer cotizaciones particulares en distintas isapres, AFP o Fonasa. Por tanto, es un complemento a las cotizaciones el caso de la operación renta, que se genera la posibilidad de generar esta cotización a través de los excedentes que tuviera en la declaración de renta. Pero si declara que es de manera parcial, tiene que complementar en caso de que quisiera tener una mayor cobertura por licencias médicas”.

Contenido patrocinado

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen vivo

ADN Radio
En vivo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

URL copiada al portapapeles

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad