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40 horas semanales en Chile: cuándo empieza y qué pasa con los trabajadores que se rigen por el artículo 22

Las modificaciones por ley se aplicarán de manera gradual, comenzando en poco tiempo más. Conoce aquí el detalle.

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Agencia Uno / Leonardo Rubilar

En pocas semanas más, la jornada laboral en Chile tendrá el primer cambio gracias a la ley de las 40 horas semanales.

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Se trata de una reducción en el tiempo que los trabajadores dependientes deberán pasar ejerciendo sus tareas y que se aplicará de forma gradual desde que se cumpla un año de su publicación.

De tal forma, si actualmente el acuerdo está en 45 horas, con la reforma aprobada durante el 2023 la situación cambiaría sin afectar las remuneraciones de los beneficiados.

¿Cuándo empieza la primera modificación de la ley de 40 horas?

Acorde a las fechas ya conocidas, el primer cambio de ley de 40 horas llega el próximo viernes 26 de abril. Eso sí, durante dicha fecha solo se bajará a 44 horas a la semana.

Esto último se explica porque existirá un plazo de cinco años desde la aparición del texto en el Diario Oficial para que se haga efectivo el cambio íntegro.

Teniendo eso en cuenta, recién al tercer año de la implementación el acuerdo llega a 42 horas semanales; y al lustro (2028)se situará en 40 horas, también un 26 de abril.

De cualquier forma las empresas ya tienen con la posibilidad de adelantar la implementación. Y acorde a palabras de la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, de no sumarse a la obligación “las empresas están sometidas al régimen general de multas de la Dirección del Trabajo”.

¿Y qué pasará con los trabajadores que se rigen bajo el artículo 22?

Acorde a la ley (que puedes revisar aquí), existen modificaciones al artículo 22 y su segundo inciso que indica a aquellos que no cumplen una jornada laboral con horarios bien establecidos.

El texto precisa que solo “quedarán excluidos de la limitación de jornada de trabajo los trabajadores que presten servicios como gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata”.

Así los cambios implican que será cada vez más excepcional el no contar con tiempos definidos para prestar servicios y muchos empleos serán determinados por aquello desde la fecha antes indicada en adelante.

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