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Acreencias bancarias 2024: qué son y cómo saber si tengo “dinero olvidado” en algún banco de Chile

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) reveló esta semana que hay más de $104 mil millones en Chile que podrían ser cobrados por las personas.

Acreencias bancarias 2024: qué son y cómo saber si tengo “dinero olvidado” en algún banco de Chile

Acreencias bancarias 2024: qué son y cómo saber si tengo “dinero olvidado” en algún banco de Chile / Andrzej Rostek

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Esta semana la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) hizo público un nuevo listado de acreencias bancarias del año 2024.

Las mismas corresponde a “dinero olvidado” en bancos o cooperativas que no ha tenido movimientos o derechamente no ha sido cobrado en un período de dos años.

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Es más, en cifras, la entidad apuntó que se contaron 211.604 acreencias en 18 instituciones supervisadas. Algo que en el última instancia significa más de $104 mil millones en total.

A la cabeza el proceso se sitúa el Banco Falabella con 99.609 créditos a favor, luego el Banco del Estado de Chile con 38.131 y en tercer lugar el Banco de Chile con 22.281. Claro que es el Banco Santander quien acumula más dinero con más de $43 mil millones de pesos.

Acreencias bancarias 2024: cómo saber si tengo “dinero olvidado” en una institución financiera

Para acceder a la lista de acreedores del proceso es necesario ingresar al sitio web de la CMF HACIENDO CLIC EN ESTE ENLACE.

Una vez dentro solo se debe escribir en la barra de búsqueda el nombre de la persona o empresa y se desplegará los detalles, incluyendo el monto, el banco y el tipo de acreencia.

Un punto importante es que si las acreencias no son cobradas luego de tres años desde que se publica el listado anual, estas serán pasadas al Fisco.

¿Cómo cobrar la acreencias bancarias del 2024?

Si se detecta dinero por cobrar en alguna entidad financiera, las personas deberán acudir directamente a la institución correspondiente con la cédula de identidad e indicar la situación.

Por otra parte, si se identifican acreencias de personas fallecidas, será necesario haber obtenido la posesión efectiva que de cuenta la calidad de heredero de quien solicita el monto.

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