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Sufragio obligatorio: ¿De cuánto es la multa por no votar en el plebiscito de salida?

Para dar mayor legitimidad al plebiscito de salida, se determinó al comienzo del proceso constituyente que esta votación sería de carácter obligatorio.

Servel actualizó candidaturas aceptadas al Congreso

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El plebiscito de salida, que se llevará a cabo el próximo 4 de septiembre, será de carácter obligatorio, es decir, todas las personas mayores de edad deberán acudir a las urnas.

Así quedó consignado al comienzo del proceso constituyente. Esto, para dotar de mayor legitimidad el resultado que avale o rechace la propuesta de nueva Constitución.

Al contrario de las votaciones recientes, el Servicio Electoral (Servel) cursará multas a quienes no cumplan con su deber cívico.

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Valor de las multas

Según señaló el presidente del Servel, Andrés Tagle, quienes no acudan a las urnas se exponen a multas que parten en los $29.386 y pueden llegar hasta las 3 UTM ($176.313)

«Nosotros tenemos la obligación de denunciar a todas las personas que no voten. Lo que vamos a hacer y no va a ser muy inmediato, porque tenemos que revisar los padrones electorales. Tenemos un plazo de un año para denunciar, pero lo haremos, creo, tres a cuatro meses después«, indicó Tagle según consigna Emol.

Posibles excusas

A pesar de la obligatoriedad de sufragio, la ley permite excusarse. Las principales causales son: Encontrarse a más de 200 kilómetros de su local de votación, tener impedimentos de salud o por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien revisará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.

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