Acusación Constitucional contra el Presidente Piñera: Qué es, en qué consiste y a qué se arriesga
La acción es presentada este miércoles por quince diputados y diputadas de la oposición, iniciando un recorrido en el Congreso que puede tener graves consecuencias.
La Acusación Constitucional contra el Presidente Sebastián Piñera fue anunciada para su presentación este miércoles 13 de octubre a las 9:00 horas.
Las bancadas de la oposición auspician esta acción argumentando que el Mandatario cometió una infracción abierta a la Constitución y que comprometió gravemente el honor de la nación, basándose en las revelaciones periodísticas de los Pandora Papers que involucran a la familia del Presidente en la compraventa de Minera Dominga en un paraíso fiscal.
Esa empresa pasó de manos de la familia Piñera a las de Carlos Alberto Délano, amigo del Presidente, con una polémica clásula.
Fueron quince los diputados y las diputadas que respaldan con sus firmas la Acusación Constitucional: Emilia Nuyado, Raúl Leiva, Marcela Hernando, Andrea Parra, Daniel Núñez, Gabriel Silber, Pablo Vidal, Alejandra Sepúlveda, Claudia Mix, Catalina Pérez, Marcelo Díaz, Gael Yeomans, Tomás Hirsch, Pamela Jiles y Félix González.
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El camino de la Acusación Constitucional
Según los firmantes de la Acusación Constitucional, el Presidente Sebastián Piñera violó dos artículos de la Constitución.
Son el octavo (sobre el ejercicio de las funciones públicas) y el 19° (respecto del derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación).
Cabe recordar que una Acusación Constitucional es un procedimiento de destitución contemplado en el artículo 52 de la Constitución.
Puede ser dirigido contra el Presidente de la República, los ministros Estados, los Gobernadores Regionales, los jueces de la Corte de Apelaciones o de la Corte Suprema, los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas, el general director de Carabineros y el contralor general de la República.
Y debe ser presentada por no menos de diez y no más de viente diputados y diputadas.
Al Presidente se le pueden imputar los cargos de comprometer gravemente el honor y la seguridad nacional, y no cumplir con los prescrito por la Constitución y las leyes.
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En la Cámara Baja
Luego de la presentación de la Acusación Constitucional, en la siguiente sesión de la Cámara Baja su secretario tiene que informarla.
Y de inmediato hay que elegir por sorteo a cinco diputados y/o diputadas (excluyendo a los firmantes) para que integren una comisión que determine si procede o no la Acusación Constitucional.
Siguen tres días de plazo máximo para notificar al Presidente, quien tiene otros diez días para presentar su defensa, que puede ser presencial en la comisión o bien por escrito.
La comisión tienen seis días para estudiar la acusación y emitir un dictamen, y después la Cámara Baja debe decidir si corresponde o no la Acusación Constitucional.
Posteriormente, el pleno de los diputados y las diputadas vota para aprobarla o rechazarla.
Se requiere de un quórum del 50% más uno de los diputados en ejercicio para aprobar la Acusación Constitucional contra el Presidente, una mayoría calificada.
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Qué pasa en el Senado
El siguiente paso es que una comisión de tres diputadas o diputados presente los antecedentes a los senadores no más allá de 24 horas.
El artículo 52 de la Constitución manda que e Presidente queda suspendido de ejercer el cargo.
Si ello pasa, lo debe subrogar el ministro del Interior como Vicepresidente.
El Senado resuelve como jurado votando por separado cada capítulo de la Acusación Constitucional.
Pero primero debe escuchar a la comisión de la Cámara Baja y al Presidente.
Y él tiene derecho a leer su defensa escrita o entregarla por medio de un abogado.
Las consecuencias de la Acusación Constitucional
En caso de que en el Senado la votación sea contraria al afectado, el Presidente queda destituido de su cargo.
Y no podrá desempeñar ninguna función pública, sea o no de elección popular, durante cinco años.
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