;

Corte Suprema despeja dudas sobre el fallo contra las isapres: «Abarca a todos los afiliados»

La ministra vocera del máximo tribunal, Ángela Vivanco, aclaró la sentencia que dejó sin efecto el alza de planes del 7,6% por parte de las aseguradoras de salud.

Corte Suprema despeja dudas sobre el fallo contra las isapres: «Abarca a todos los afiliados»

Tras el fallo de la Corte Suprema que determinó acoger los recursos de protección contra las isapres y que deja sin efecto el incremento en los planes de salud de los afiliados, la ministra vocera del máximo tribunal, Ángela Vivanco, aclaró los alcances de esta resolución.

[dps_related_post ids=»5081401,5067763″]

«Es impropiamente decir que la normativa, que en este momento rige, efectivamente permite hacer estos ajustes de plan que permiten un alza, pero hay dos elementos que hay que tener en cuenta, que es lo que justamente se ha revisado en el fallo”, dijo la ministra vocera y también miembro de la Tercera Sala de la Corte Suprema que determinó el fallo.

En este sentido, Vivanco explicó que en primera lugar «la Superintendencia determina un tope, y luego que para determinar finalmente cuál es el reajuste que cada isapre tendrá, la aseguradora tiene que comunicarle a la Superintendencia si va a llegar a ese tope o menos que eso, pero tiene que fundamentar adecuadamente esa alza”.

Por lo tanto, «lo que ha sucedido en estos fallos es que hay una normativa que permite subir planes. Sin embargo, se ha estimado que no se han acompañado los documentos que justifican el alza y, en consecuencia, lo que se ha dicho es que un alza que no cuenta con esa justificación tiene que ser dejada sin efecto», de esta forma la vocera del tribunal agregó que «con la Superintendencia tendrá que determinarse los modos y tiempos para efecto de que las isapres justifiquen las alzas que ellas mismas declararon”.

Los alcances del fallo

La autoridad aclaró que la medida «abarca a todos los afiliados de las isapres, porque es importante decir que el alza no refiere a personas determinadas, sino que es un alza general», lo que deja atrás la duda de si esta medida solo iba a beneficiar a quienes presentaron los recursos de protección.

[dps_related_post ids=»5077107,5075394″]

Del mismo modo, Vivanco señaló que eventualmente, «si hubiera habido pagos en razón de ello, o cambios de planes de personas que ya no pudieron sostener su plan por esta alza, se devuelva a las personas a los planes correspondientes, y se devuelvan como excedentes los fondos que se hubieran pagado en razón del reajuste. No los fondos que se pagan comunes y corrientes en los planes, que esos fondos se tienen que seguir pagando”.

La ministra indicó que los afiliados deben continuar el pago de sus planes pero que están liberados del reajuste no justificado: “Tienen que seguir pagando los planes, los que están expresados en UF. La UF va aumentando, y en consecuencia, eso ya tiene una reajustabilidad general, luego no están liberados de pagar sus planes».

Finalmente, Vivanco se refirió a la posibilidad de que las aseguradoras puedan reiniciar el proceso de alza: “Lo que está resuelto es que ellas, con la Superintendencia, tienen que acordar un tiempo prudente para efectos de que ellas vuelvan a hacer una presentación de antecedentes respecto del alza, que sí esté justificada, y que cumplan los parámetros y los estándares que están establecidos en la ley, y que además nosotros hemos recordado en el fallo”.

En este sentido no descartó que «puede haber un alza, pero lo que no puede haber es un alza que no tenga la justificación que se exige desde el punto de vista legal, y que tiene que ver con la amplia transparencia para los afiliados respecto de las alza de las isapres», zanjó la ministra vocera del máximo tribunal.

Contenido patrocinado

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen vivo

ADN Radio
En vivo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

URL copiada al portapapeles

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad