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Ley de retiro de fondos: Poder Judicial dispondrá de trámite fácil para la retención de pensiones de alimentos adeudadas

En tanto, el Gobierno comunicó que a partir de este jueves se podrán enviar las solicitudes a las administradoras para el proceso de retiro de fondos.

Producciones fotograficasFOTO:NADIA PEREZ/AGENCIAUNO

Producciones fotograficas FOTO:NADIA PEREZ/AGENCIAUNO

Durante esta jornada, el Poder Judicial anunció que dispondrá de trámite fácil en la retención de pensiones de alimentos adeudadas en lo relativo a la ley de retiro del 10% de las AFP.

Mediante un comunicado señalaron que «las solicitudes de liquidación por pensiones adeudadas para efectos de retención del 10% de la AFP, deberán realizarse en la causa de familia vigente, esto es, donde se está tramitando su cumplimiento. El cumplimiento de pensiones reguladas por mediación se tramita en causa Z ordenada abrir al efecto».

«La revisión de la tramitación de sus causas, para asegurar sobre cuál se debe solicitar la liquidación, lo puede hacer en la Oficina Judicial Virtual, sección Mis Causas, pestaña de Familia. Se dispondrá de un trámite fácil una vez que entre en vigencia la ley», explicaron.

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Recordemos que el subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, indicó que desde este jueves se podrán enviar las solicitudes a las administradoras para el proceso de retiro de fondos.

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