• 29 ABR 2024

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TC decretó que ópticas podrán tener optómetras y tecnólogos para recetar anteojos

Actualmente éstos deben atender en un recinto separado.

El Tribunal Constitucional derogó el artículo 126 del Código Sanitario que indica sobre las ópticas que "en ninguno de estos establecimientos estará permitida la instalación de consultas médicas o de tecnólogos médicos".

En la votación se mostraron a favor de declarar su inconstitucionalidad nueve de los ministros, mientras que solo uno estuvo a favor de la constitucionalidad de la norma.

En la actualidad existen ópticas que cuentan con consultas oftalmológicas, pero los optómetras o tecnólogos médicos deben atender a las personas en un recinto separado del establecimiento.

El Colegio de Ópticos, Contactólogos y Optómetras de Chile valoró la decisión del TC señalando que "consolida el libre ejercicio en las ópticas de nuestros profesionales tecnólogos médicos con mención en Oftalmología y Optómetras, tal como sucede en el mundo. De hecho, todos los países OCDE -a excepción de Francia- cuentan con profesionales optómetras al interior de los establecimientos ópticos que prestan un servicio de salud visual y ocular primario".

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