Multan a Evercrisp por infracción a ley de etiquetado: Usó figuras animadas en sus productos
Los snacks afectados son Gatolate y Cheetos.

La empresa de alimentos Evercrisp Snack fue multada por parte de la Secretaría Ministerial de Salud, a raíz de la utilización de figuras animadas en los envases de sus productos dirigidos a menores de edad.
Así se pudo comprobar en el fallo que dio el Segundo Juzgado Civil de Santiago, en donde la magistrada Inelie Durán Madina confirma la sanción, por la comercialización de los productos Gatolate y Cheetos, vulnerando las normas de publicidad, de acuerdo a la ley de etiquetados de alimentos.
La resolución esgrime que "los elementos animados detallados precedentemente, en efecto, se enmarcan dentro del concepto amplio de publicidad previsto por el artículo 7°, inciso segundo, de la Ley N° 20.606 ("toda forma de promoción, comunicación, recomendación, propaganda, información o acción destinada a promover el consumo de un determinado producto"), ya que éstos pretenden captar la atención y, por esa vía, la preferencia por parte de los consumidores".
El fallo añade que "es del todo lógico inferir que todo aquello vinculado con la apariencia extrema de un producto-colores, tamaño, tipografías e ilustraciones, entre otros-, aun cuando se trate de signos distintivos incluidos dentro de la noción de marca, no resulta indiferente para su oferente".
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