• 22 DIC 2025

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Familiares de cuerpo exhumado y reducido sin permiso serán indemnizados

Antecedente no menor fue que al momento de desenterrar al difunto se percataron de que había otro cuerpo.

La Corte Suprema ordenó este viernes indemnizar a la familia de un fallecido, cuyos restos fueron exhumados ilegalmente en el cementerio de La Calera.

En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal estableció la responsabilidad del particular que procedió a desenterrar y reducir el cuerpo de Servando Verdejo Arancibia, sin dar aviso a la viuda e hijas.

"Las demandantes tomaron conocimiento de la reducción de los restos mortales de su familiar sólo el 4 de mayo del año 2012, fecha en la cual se requirió al cementerio la exhumación. Ello resulta concordante con el hecho de haberse recabado previamente la autorización de la Seremi de Salud de Valparaíso", sostiene el fallo.

Agrega que "en la sepultura, en lugar del cuerpo a exhumar, se halló otro cadáver, siendo necesario a la postre un examen de ADN para finalmente determinar que las osamentas posteriormente encontradas tres días después, en un lugar cercano, correspondían al cónyuge y padre de las demandantes".

El dictamen añade que "el demandado Jorge Vergara no cumplió con recabar las autorizaciones que prescribe la normativa que rige la materia. Se trata, por tanto, de una omisión culposa imputable al demandado (…) puesto que, en conocimiento de que el cuerpo que buscaba reducir correspondía a una persona con la cual no tenía vínculo familiar, omitió ubicar y recabar la autorización de sus cercanos, debiendo hacerlo".

"Se revoca la sentencia de 25 de enero de 2017, en aquella parte que acogió la excepción de prescripción en relación al demandado y, en su lugar, se dispone que se acoge la demanda, sólo en cuanto se le condena al pago de la cantidad total de $500.000 por concepto de daño moral, en favor de las demandantes", cierra.

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