Curioso recurso de protección por apellido cortado en carnet de identidad
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección de María Alejandra de Dompierre de Chaufepie Torrealba.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra del Servicio de Registro Civil e Identificaciones por ciudadana a quien el servicio le truncó su apellido paterno en nueva cédula de identidad.
En fallo unánime (causa rol 64101-2015), la Novena Sala del tribunal de alzada dio lugar a la acción cautelar presentado por María Alejandra de Dompierre de Chaufepie Torrealba, ordenando "al Servicio de Registro Civil e Identificación otorgar a la actora una cédula de identidad que consigne en forma íntegra y completa los nombres y apellidos que constan en su respectivo Registro de Nacimiento".
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El tribunal de alzada consideró que la decisión del servicio de cortar el apellido paterno –dejándolo reducida a: De Dompierre de– es ilegal y vulnera el derecho a la igualdad ante la ley. Además, le correspondía al servicio, durante el proceso de licitación de las nuevas cédulas de identidad y pasaportes, el deber de prever la completa y correcta identificación de todos los ciudadanos y ciudadanas.
"La explicación del recurrido para justificar el haber alterado el apellido paterno de la recurrente en su cédula de identidad no resulta atendible si se tiene presente que, en definitiva, tal explicación se refiere al espacio que tiene este documento para consignar los nombres y apellidos, lo que fue determinado por la empresa Morpho S.A., adjudicataria del sistema de identificación", determinó la Corte.
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