MOP-Gate: Condenan a ex ministro Carlos Cruz por fraude al Fisco
La Segunda Sala de la Corte Suprema condenó a 60 días al ex secretario de Estado, tras acreditarse que usufructuó con fondos que fueron recolectados para la campaña presidencial de Ricardo Lagos.
La Segunda Sala de la Corte Suprema condenó a 60 días de presidio remitido, al ex ministro de Obras Públicas, Carlos Cruz Lorenzen, implicado en una de las aristas de la investigación del caso MOP-Gate, relativo a la triangulación de fondos fiscales para el pago de sobresueldos.
En votación unánime, la Sala Penal resolvió sentenciar al otrora secretario de Estado como autor del delito del fraude al Fisco, tras acreditarse que usufructuó con fondos que fueron recolectados para la campaña presidencial de Ricardo Lagos, en 1999.
En primera instancia, la ministra en visita del caso, Gloria Ana Chevesich, le había impuesto una pena de cuatro años con libertad vigilada.
El dictamen alcanza también al ex jefe de Finanzas de Vialidad, Sergio Cortés, quien fue condenado a 61 días, y el propietario de la consultora Gesys, Raúl Herrera, a 61 días por estafa.
Otra condena
Paralelamente, la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó este lunes la condena dictada por la ministra en visita Gloria Ana Chevesich Ruiz, en otros de los episodios del denominado caso MOP-Gate.
En fallo dividido, el tribunal integrado por los ministros Cornelio Villarroel, Juan Cristóbal Mera y el abogado Carlos López Dawson, confirmó la condena a 541 días de inhabilitación temporal para cargos y oficios públicos en contra de Julio Efraín Toro Cepeda por el delito de exacción ilegal.
Los ministros Villarroel y Mera ratificaron la sentencia; en tanto, el abogado López estuvo por su revocación al considerar que no estaba acreditada la participación del único condenado en los hechos que se le imputaron.
El 17 de julio de 2007, la ministra Chevesich dictó condena en el cuaderno denominado Letra K en la investigación del caso MOP-Gate sentenciando a Toro Cepeda a la pena antes señalada; a una multa de once unidades tributarias mensuales; privación de todos los honores, cargos, empleos y oficios públicos de que estuviere en posesión, aun cuando sean de elección popular, y de todos los derechos políticos activos y pasivos y la incapacidad perpetua para obtenerlos, y la incapacidad para obtener los honores, cargos, empleos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
Agencia UPI
Sigue a ADN.cl en Google Discover
Recibe nuestros contenidos directamente en tu feed.





















