Tribunal de Defensa Libre Competencia sancionó a tres empresas de pollos por colusión
Agrosuper y Ariztía fueron castigados con 25 millones de dólares, mientras que Don Pollo con 10 millones de la misma moneda. Las tres empresas concentran sobre el 80% de la oferta.

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia estableció que Agrosuper S.A. (Agrosuper), Empresas Ariztía S.A. (Ariztía) y Agrícola Don Pollo Limitada (Don Pollo), por intermedio de la Asociación de Productores Avícolas de Chile A.G. (APA), se coludieron acordando limitar la producción de carne de pollo ofrecida al mercado nacional y asignándose cuotas en el mercado de producción y comercialización de dicho producto, infringiendo el artículo 3° letra a) del D.L. N° 211, acogiendo el requerimiento presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), en noviembre de 2011.
La sentencia estableció la existencia de la colusión correos electrónicos y otra evidencia de coordinación entre las empresas avícolas. El acuerdo entre las avícolas requeridas, que concentran sobre el 80% de la oferta de carne de pollo a nivel nacional, consistió en proyectar la demanda futura de pollo, asignar cuotas de producción. Además se acreditó que la APA tuvo un importante rol en la coordinación, ejecución y fiscalización de cumplimiento del acuerdo.
De acuerdo con el tribunal, la definición coordinada de un determinado nivel de producción “constituyó a todas luces una colusión, entendida como un acuerdo respecto de la cantidad a producir, con miras a alcanzar determinados precios o rangos de precios, restringiendo o suprimiendo la competencia entre sus partícipes. Durante cada año, el acuerdo fue controlado o ajustado mediante sugerencias de carga, matanza de crías u otras políticas o mecanismos coordinados”.
La sentencia condenó a Agrosuper y Ariztía al pago de la multa máxima establecida por la ley, esto es 30.000 Unidades Tributarias Anuales, en tanto que a Don Pollo le aplicó una multa de 12.000 Unidades Tributarias Anuales, que equivalen a cerca de US$ 25 millones y US$ 10 millones, respectivamente, y ordenó la disolución de la Asociación de Productores Avícolas de Chile que actuaba como coordinadora del cartel.
Finalmente, impuso solo a Agrosuper la obligación de consultar previamente cualquier operación de concentración en este mercado en la que participen.
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