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Tribunal Constitucional admite a trámite requerimiento de la oposición contra el proyecto Escuelas Protegidas

El Pleno del organismo acogió de forma unánime los libelos que buscan impugnar por inconstitucionalidad una serie de normas de la iniciativa despachada por el Congreso.

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Getty Images / Catherine Falls Commercial

El Tribunal Constitucional (TC) resolvió de manera unánime admitir a trámite y declarar admisibles los requerimientos presentados por parlamentarios de centroizquierda, oficialismo e independientes, orientados a impugnar diversas disposiciones del proyecto de ley Escuelas Protegidas. La iniciativa, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa había sido aprobada esta semana por el Congreso tras un impulso legislativo de la administración del Presidente José Antonio Kast.

La ofensiva ante el órgano constitucional se concretó tras los reparos formulados por un bloque transversal de legisladores de las bancadas del Frente Amplio, el Partido Comunista, el Partido Socialista, el Partido por la Democracia, el Partido de la Gente y diputados independientes. El requerimiento argumenta de forma técnica que parte del contenido de la nueva normativa legal incurre en la vulneración de garantías constitucionales explícitas y contraviene compromisos internacionales suscritos por Chile relativos a los derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA).

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De acuerdo con el líbelo acusatorio impulsado originalmente por el Frente Amplio, la redacción del articulado gubernamental lesiona derechos fundamentales de los estudiantes y de las comunidades. Entre las garantías afectadas, los congresistas enumeraron el principio de igualdad ante la ley, el derecho al debido proceso, la protección de la vida privada, la libertad personal y el derecho a la educación.

Articulado impugnado y resolución del Pleno

En su sesión ordinaria de Pleno, la magistratura constitucional revisó las presentaciones institucionales de los dos estamentos del Poder Legislativo. El tribunal admitió a trámite el requerimiento de un grupo de senadoras y senadores que impugnan la inconstitucionalidad del artículo 1°, numeral 2 —en lo relativo a las oraciones finales de los incisos octavo y noveno del artículo 16 J—, el artículo 2°, y el artículo 6° en sus numerales 1 y 2.

En paralelo, el órgano adoptó la misma decisión de admisibilidad respecto al requerimiento ingresado por el grupo de diputadas y diputados. La presentación de la Cámara Baja solicita declarar la inconstitucionalidad del artículo 1°, numeral 2 (artículo 16 J); el artículo 2° en cuanto incorpora el inciso primero del artículo 87 ter; el artículo 5°; y el artículo 6° en sus numerales 1 y 2.

La sesión plenaria que visó la admisibilidad formal de los antecedentes estuvo integrada por la totalidad de sus 10 ministros titulares. Tras este pronunciamiento unánime de los magistrados, el requerimiento superó su primera valla procesal y quedó en condiciones técnicas de continuar con su tramitación regular, etapa donde el tribunal deberá abocarse a la revisión y pronunciamiento sobre el fondo de las materias debatidas antes de dictar sentencia definitiva.

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