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El drama familiar que terminó con 17 años de cárcel para una mujer que hizo que su propio hijo asesinara a disparos a su hermano en Maipú

Mientras la conductora del vehículo fue sentenciada en Santiago, el autor material de los disparos se encuentra con un requerimiento internacional pendiente.

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imagen referencial / xijian

El Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó de manera unánime a Blanca Cerda a la pena de 17 años de presidio de cumplimiento efectivo, tras acreditarse su responsabilidad en calidad de coautora del delito consumado de homicidio simple. El ilícito perpetrado en perjuicio de su propio hermano se registró en enero del año 2024 en la comuna de Maipú.

El fallo dejó establecido que, una vez que la sentencia quede ejecutoriada, se procederá a la toma de muestras biológicas de la mujer para determinar su huella genética e incorporarla en el registro nacional de ADN de condenados. Asimismo, las autoridades judiciales decretaron el comiso de un cartucho marca CBC calibre .45 que fue levantado por los peritos en el sitio del suceso.

Dinámica del crimen familiar y desglose de la pena

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que durante la tarde del 15 de enero de 2024, Blanca Cerda conducía un vehículo motorizado. En dicho automóvil trasladó a su hijo, Mauricio Lincopán Cerda, quien actualmente mantiene una solicitud de extradición pendiente, y al hermano de la conductora y tío del acompañante, Eduardo Cerda Arellano.

La comitiva se movilizó hasta la calle Machicura, frente al inmueble marcado con el número 0452 en la comuna de Maipú. En ese punto del sector poniente de la capital, Mauricio Lincopán extrajo un arma de fuego calibre .45 y disparó de forma directa hacia el cuerpo de su tío, provocándole la muerte de manera instantánea en el lugar debido a un traumatismo cráneo encefálico.

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Al momento de dosificar el castigo penal, los magistrados detallaron en la resolución que la pena en abstracto para el homicidio simple va desde el presidio mayor en su grado medio a máximo. No obstante, al existir una circunstancia agravante y ninguna atenuante, el marco legal impidió aplicar el grado mínimo. “Se regula en este caso la pena en diecisiete años de presidio mayor en su grado máximo, por ser proporcional al injusto del hecho y el accionar materializado por la acusada”, consigna explícitamente el documento.

Debido a la alta extensión de la sanción, el tribunal descartó la aplicación de penas sustitutivas. Sin embargo, se ordenó abonar a la condena definitiva el tiempo que la mujer ha permanecido privada de libertad por esta causa, lo que equivale a un total de 873 días según la certificación oficial.

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