• 10 JUN 2026

EN VIVO

Tenía solo 18 años: el vuelco judicial que elevó la indemnización para un estudiante torturado en 1974

La Sexta Sala del tribunal de alzada aumentó el monto por daño moral en favor de Sebastián Mussa Rodríguez.

Tenía solo 18 años: el vuelco judicial que elevó la indemnización para un estudiante torturado en 1974 / FRANCISCO PAREDES

En un fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió elevar a $30.000.000 (treinta millones de pesos) la indemnización que el Fisco de Chile deberá pagar a Sebastián Alberto Mussa Rodríguez, un estudiante que fue detenido y torturado por agentes del Estado en noviembre de 1974.

La decisión fue tomada por la Sexta Sala del tribunal (integrada por el ministro Tomás Gray, la ministra Paola Díaz y la abogada (i) Magaly Correa) tras revisar el fallo de primera instancia dictada por el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago. El tribunal determinó que era necesario aumentar el monto de manera “prudencial” debido a la gravedad del daño y a un factor clave: la víctima era menor de edad al momento de los hechos.

Un daño de “significativa entidad”

Mussa Rodríguez fue detenido el 4 de noviembre de 1974 en la Plaza de Armas de Rengo cuando tenía apenas 18 años. Según los antecedentes del caso (rol 3.939-2025), el joven permaneció privado de libertad durante ocho días, período en el cual sufrió graves apremios físicos y psicológicos en una unidad policial.

El fallo de la Corte destacó que la condición de víctima de la dictadura militar está acreditada al formar parte de la Comisión Valech (Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura). Además, un informe del Programa de Reparación y Atención Integral en Salud (PRAIS) confirmó que el demandante arrastra secuelas psicológicas persistentes directamente atribuibles a las torturas sufridas hace más de cinco décadas.

La naturaleza de tales hechos permite concluir la existencia de un daño moral de significativa entidad (...) Atendida la calidad de víctima directa del actor, la edad que tenía al momento de los hechos, la naturaleza de las vulneraciones padecidas y las secuelas psicológicas acreditadas, se estima procedente elevar la indemnización”, señala la resolución del tribunal de alzada.

La Corte de Santiago fundamentó el aumento del monto bajo los principios de proporcionalidad, equidad y coherencia con casos similares. El tribunal reconoció la habitual dificultad para cuantificar económicamente el “daño moral”, pero enfatizó que la justicia debe ajustarse a las circunstancias particulares de cada caso para asegurar una reparación adecuada a las víctimas de violaciones a los derechos humanos.

Contenido patrocinado

X
Uso de cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarte publicidad personalizada a través del análisis de tu navegación, conforme a nuestra política de cookies