Juicio ejecutivo de obligación de dar: qué es, cuándo se activa y por qué ignorarlo te puede costar caro
Es un procedimiento judicial con plazos breves utilizado recurrentemente para cobrar deudas de dinero cuando existe un título ejecutivo y se activa con la notificación al deudor. Conocer cómo opera ayuda a enfrentar una demanda a tiempo.

Juicio ejecutivo de obligación de dar: qué es, cuándo se activa y por qué ignorarlo te puede costar caro / Pablo Ovalle Isasmendi
El juicio ejecutivo de obligación de dar es el procedimiento utilizado para cobrar obligaciones de dinero cuando una persona deja de cumplir con el pago de una deuda y existe un título ejecutivo, como un pagaré, un cheque o un contrato hipotecario. “Es el procedimiento que habilita a los acreedores para que me demanden”, detalla Tania Olivera, abogada y socia de DefensaDeudores.cl.
A diferencia de otros procedimientos civiles, este tipo de juicio no busca discutir si la deuda es justa o no, sino ejecutar una obligación previamente asumida.“No existe una etapa de discusión del fondo de la obligación, sino que se lleva este procedimiento para ejecutar lo que ya me obligué a pagar”, precisó la abogada.
Un juicio rápido y frecuente. Según cifras del Poder Judicial, durante el 2025 se ingresaron un total de 168.222 juicios ejecutivo de obligación de dar, lo que refleja la alta frecuencia con que se utiliza este mecanismo para el cobro de deudas de dinero en Chile.
¿Cuándo comienza un juicio ejecutivo de obligación de dar?
“Hay distintas formas de iniciarlo”, explica Tania Olivera. Una es cuando el acreedor ya tiene un título ejecutivo perfecto, que puede ser “un pagaré, una escritura pública o una sentencia” y con ese documento “va a ingresar su demanda de cobranza”.
El punto clave es la notificación: “a través de la notificación se requiere de pago”, señala la abogada. Si no hay pago ni defensa, el proceso puede escalar al embargo y al remate de bienes. También puede iniciarse por gestiones preparatorias, como la confesión de deuda. Si la persona no asiste al tribunal, “queda por confesa, se forma el título ejecutivo y comienza la cobranza”.
¿Qué hacer si te notifican?
La notificación es el punto de partida del juicio para el deudor y desde ahí corren plazos de contestación en los juicios ejecutivos o de cobranza, son de ocho días hábiles.
Si no se actúa dentro de ese plazo, el juicio continúa sin oposición, se pierden posibles defensas legales y la deuda puede aumentar por intereses y costos asociados al proceso. Por eso, la recomendación es no ignorar la notificación y moverse rápido: “Lo primero que hay que hacer es buscar ayuda”, enfatiza Tania Olivera.
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