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Justicia sanciona a isapre que se negó dar cobertura oncológica a afiliado: pagará millonaria indemnización

El máximo tribunal determinó que la negativa de cobertura afectó gravemente la integridad y dignidad del paciente.

Agencia Uno | Referencial

Agencia Uno | Referencial / Diego Martin

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación interpuesto por la isapre Cruz Blanca y mantuvo una indemnización de $70 millones por daño moral a favor de un afiliado a quien se le había negado la cobertura de un tratamiento oncológico indispensable.

El caso, que llegó al máximo tribunal, confirmó la sentencia de instancias anteriores y reafirmó que las aseguradoras de salud privadas no pueden negar arbitrariamente prestaciones médicas esenciales, especialmente cuando se trata de enfermedades graves como el cáncer, donde los tratamientos pueden ser determinantes para la vida de los pacientes.

La esposa del demandante expuso que su cónyuge, carga y beneficiario del contrato, fue diagnosticado con cáncer, y que, pese a que el equipo médico recetó ENZALUTAMIDA (XTANDI), este no fue inicialmente cubierto por la isapre demandada, por lo que se prescribió CABAZITAXEL, también inicialmente rechazado, aunque luego autorizado tras una reconsideración.

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Esta detalló que ante el rechazo del primer medicamento, concurrió a la Superintendencia de Salud, que acogió su reclamación.

Por lo mismo, ordenó otorgar cobertura a ENZALUTAMIDA. Sin embargo, la isapre solo reembolsó el valor del medicamento en marzo de 2017, por lo que su cónyuge solo pudo recibir dos ciclos costeados por ella, falleciendo el 12 de septiembre de 2016.

Por lo mismo, la Corte Suprema ordenó el pago de $70 millones por concepto de daño moral, al considerar que la negativa de cobertura afectó gravemente la integridad y dignidad del paciente en un contexto de enfermedad grave.

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