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Estos serán los cambios que tendrá el teletrabajo si se aprueba nuevo proyecto de ley en Chile, según experto en derecho laboral

El proyecto busca hacer exigible el derecho al teletrabajo para personas con labores de cuidado, fijando plazos claros, respuestas obligatorias por escrito y sanciones para los empleadores que no cumplan.

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Aunque el teletrabajo quedó establecido por ley en Chile después de la pandemia, en la práctica no siempre ha funcionado como se esperaba. En especial, muchas personas que tienen que cuidar a otros —como hijos, adultos mayores o familiares enfermos— se han encontrado con respuestas que nunca llegan, negativas poco claras o acuerdos informales que no se cumplen.

Ese es el problema que busca enfrentar un nuevo proyecto de ley, que apunta a hacer más claro, obligatorio y fácil de exigir el derecho al teletrabajo para quienes cumplen labores de cuidado.

Según explicó a Radio ADN Pedro Peña, especialista en derecho laboral y CoFundador del estudio jurídico SoyTrabajador.cl,la iniciativa propone modificar los artículos 152 quáter O bis y 152 quáter O ter del Código del Trabajo, con el foco puesto en reducir la discrecionalidad del empleador y transformar el teletrabajo desde un derecho “declarativo” a uno con plazos, forma escrita y consecuencias jurídicas claras.

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Qué problema intenta corregir el proyecto

En esa línea, explicó que, en términos regulatorios, el proyecto busca aumentar la certeza jurídica en tres frentes clave. Primero, la forma, obligando a que las actuaciones relevantes —ofertas, respuestas y apelaciones— queden por escrito, facilitando la prueba y la fiscalización.

Segundo, los plazos, reemplazando expresiones ambiguas por días corridos y estableciendo efectos concretos ante el incumplimiento. Y tercero, la gobernanza interna, forzando a las empresas a contar con reglas formales y circuitos mínimos de gestión.

Entre las modificaciones más relevantes, detalla Peña, se establece que la oferta de teletrabajo del empleador deberá constar por escrito, y que su omisión podrá ser sancionada con multas de entre 1 y 5 UTM. Además, el empleador deberá responder una solicitud de teletrabajo dentro de 15 días corridos, eliminando la actual fórmula de “días siguientes”.

Para el profesional, uno de los puntos más discutidos es la incorporación del silencio positivo: si el empleador no responde por escrito dentro del plazo legal, la solicitud se entenderá aceptada para todos los efectos legales, debiendo formalizarse el acuerdo.

En caso de rechazo, el trabajador podrá apelar dentro de 5 días corridos, obligando al empleador a responder nuevamente en un plazo de 10 días corridos. Si no hay respuesta, la apelación —y, en los hechos, la solicitud— se entenderá aceptada.

Críticas

Los cuestionamientos al proyecto no apuntan tanto a la regulación clásica del teletrabajo —jornada, desconexión o supervisión—, que no se modifica directamente, sino a sus efectos indirectos. A mayor exigibilidad del teletrabajo, más frecuentes pueden volverse los conflictos sobre control de jornada, horas extraordinarias y límites de disponibilidad, dice Peña.

En ese contexto, comenta que también se ha advertido que el silencio positivo podría generar fricciones operativas o incentivar una gestión más rígida del control laboral, aunque sus defensores sostienen que es coherente con el objetivo de combatir la no-respuesta.

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