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Corte Suprema abre cuaderno de remoción contra la ministra Verónica Sabaj: corren cinco días para su informe

Tras la notificación del 27 de agosto, la ministra tiene cinco días para presentar su informe; el Pleno oirá alegatos y resolverá con la suspensión disciplinaria aún vigente.

Poder Judicial

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El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco Herrera, firmó el 26 de agosto la resolución que inicia el cuaderno de remoción en contra de la ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, Verónica Sabaj Escudero. Según informó el secretario del máximo tribunal, Jorge Sáez, la magistrada fue notificada el 27 de agosto, día desde el cual corre un plazo de cinco días para presentar su informe.

Concluida esa etapa, corresponderá al presidente de la Suprema citar a audiencia de pleno para oír alegatos y adoptar una decisión. La apertura del cuaderno de remoción fue acordada originalmente el 22 de enero pasado.

El lunes, el Tribunal Pleno de la Corte Suprema rechazó la apelación de Sabaj y confirmó la sanción disciplinaria de cuatro meses de suspensión del cargo. La medida se mantiene mientras avanza la tramitación del cuaderno de remoción.

Fundamentos legales de la decisión

La resolución invoca el artículo 80 de la Constitución para abrir el cuaderno de remoción. Asimismo, y atendida “la gravedad de los hechos” expuestos en el reportaje que dio origen a la indagatoria, se aplicó una cautelar de suspensión de todas las funciones de la ministra, conforme a los artículos 82 de la Constitución y 540 del Código Orgánico de Tribunales, que otorgan a la Corte Suprema jurisdicción correccional, disciplinaria y económica sobre todos los tribunales del país.

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La Corte Suprema también dejó constancia de que, tras conocer la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago de instruir un procedimiento disciplinario, difirió el conocimiento y resolución del cuaderno de remoción hasta la conclusión de esa investigación administrativa.

Con la notificación efectuada, el proceso entra en su fase de descargos. Tras el informe de la ministra, el Tribunal Pleno escuchará alegatos y resolverá si procede o no la remoción. La suspensión cautelar continuará vigente durante toda la tramitación del cuaderno.

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