Le salió caro: construyó casa flotante en el río Futa y ahora deberá pagar una millonaria multa
El hombre de Corral realizó el trabajo sin la autorización de la DGA y ahora debe remediar su acción en un plazo de dos meses.
Un vecino de la comuna de Corral fue sancionado por la Dirección Regional de Aguas (DGA) tras construir una casa flotante en el río Futa sin contar con los permisos correspondientes.
Ahora deberá retirar la infraestructura, restaurar el cauce del río y pagar una multa cercana a los $3.500.000, todo en el plazo de dos meses.
La intervención fue detectada luego de una denuncia por parte de la Junta de Vecinos Rural Futa en abril. A raíz de ello, los fiscalizadores llegaron al lugar y constataron que la construcción interfería con el escurrimiento natural del agua y podría representar un “peligro para la vida de las personas”.
Según la autoridad, el propietario conectó la casa flotante a la orilla mediante un muelle que afirmó era temporal y tenía planes de mover la casa más adelante.
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Sin embargo, no presentó documentación que acreditara que su proyecto cumpliera con normativas sobre modificación de cauces.
Francisca Vergara, directora regional de aguas, apuntó que “cualquier proyecto de modificación de cauce debe ser ingresado para revisión y aprobación de la DGA”.
En este caso, donde la construcción cuenta “con estructuras afianzadas al terreno que se encuentran dentro de los límites del cauce”, existe una falta de regularización.
En la misma línea, remarcó que el fin de este tipo de trámites es “para evaluar si de alguna manera altera el régimen de escurrimiento de las aguas o pueda causar daños a la vida de las personas”
Marco legal y sanciones
Conforme al marco regulador existente actualmente en el país, el hombre ahora deberá pagar una multa equivalente a 51 UTM, la cual se aplicó en el grado mínimo segundo, considerando la falta de antecedentes y peligrosidad de la obra.
Asimismo, la DGA ordenó la demolición o remoción de las estructuras, velando por la restitución del cauce en un plazo estricto de dos meses.
En caso de incumplimiento, se arriesga a una multa adicional que podría ascender entre 100 y 1.000 UTM, así como la ejecución forzosa de la medida.
La normativa del Código de Aguas establece que cualquier intervención en cauces naturales que pueda alterar el escurrimiento o representar un daño a personas o bienes requiere autorización previa de la DGA; su omisión conlleva responsabilidad directa del autor de la obra.
De igual manera, se entrega la opción de regularizarla mediante un proyecto aprobado por la DGA en un plazo de cuatro meses.