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Cuando el diagnóstico falla y el sistema no responde: Corte Suprema condena a la Mutual de Seguridad a pagar $120 millones

Un error médico no detectó un posible ACV y la institución responsable deberá pagar la millonaria cifra.

Cuando el diagnóstico falla y el sistema no responde: Corte Suprema condena a la Mutual de Seguridad a pagar $120 millones

El 31 de julio de 2014 comenzó como una consulta más en la agenda médica de la Mutual de Seguridad. Pero para una paciente que acudió con síntomas preocupantes, ese día marcó un antes y un después. Lo que pudo ser una alerta médica oportuna terminó siendo una oportunidad perdida. Y lo que debía ser atención con rigor profesional se transformó, casi una década después, en una condena judicial firme: la Corte Suprema confirmó que hubo negligencia, y ordenó indemnizar con $120 millones a la paciente por el daño moral provocado.

La historia, como muchas que llegan a tribunales, no solo habla de errores médicos, sino también de responsabilidad institucional. Según el fallo, el médico a cargo de la atención no consideró la posibilidad de un accidente cerebrovascular en curso. No pidió exámenes, no derivó a la paciente, y con ello incumplió la lex artis médica, el estándar mínimo que rige toda atención profesional en salud. Ese olvido —esa omisión— tuvo consecuencias que la justicia chilena ahora reconoce como culpa.

La Mutual intentó defenderse. Alegó que no era responsable directa del actuar del facultativo, que no podía preverse la situación o que el diagnóstico errado fue una falla aislada. Pero el argumento no convenció a la Corte Suprema, que confirmó lo dictado anteriormente por la Corte de Apelaciones de Santiago: cuando un profesional actúa bajo la jerarquía y dependencia de una institución, esa institución es responsable de su conducta.

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En palabras de la sentencia, el centro asistencial no logró probar que había hecho lo necesario para evitar el error: no demostró tener protocolos adecuados, ni ofreció evidencia de una supervisión efectiva. La ley es clara: quien emplea, debe elegir con cuidado, formar con rigor y vigilar con diligencia. Si no lo hace, responde.

Más allá de la letra legal, el fallo toca una fibra profunda: la confianza que depositamos en los sistemas de salud, y la fragilidad con que puede romperse. Un error de diagnóstico no es solo una estadística médica; es una vida trastocada, una oportunidad de recuperación perdida, un trayecto más largo hacia la sanación —si es que llega.

El fallo de la Corte Suprema no deja espacio para la ambigüedad. La responsabilidad fue de la Mutual, no solo del médico. Y esa responsabilidad tiene un precio, pero también un peso simbólico: la validación judicial de que los pacientes no deben cargar solos con las consecuencias de la desidia institucional.

Esta sentencia no repara del todo el daño, pero deja una señal potente: los tribunales están dispuestos a mirar con detalle, exigir con firmeza y sancionar cuando las promesas del sistema de salud no se cumplen. A veces, la justicia llega tarde. Pero llega.

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