Operación Renta 2025 y Préstamo Solidario: ¿Cómo se calcularán las nuevas cuotas y hasta cuándo se paga?
Según detalló el Servicio de Impuestos Internos, mientras exista un saldo pendiente por los beneficios es obligación presentar una declaración.

La Operación Renta 2025 en Chile está cada vez más cerca, involucrando a personas naturales, empresas y otras entidades.
A cargo del Servicio de Impuestos Internos (SII), el proceso obliga a ciertos grupos a declarar sus ingresos (lista disponible aquí), incluyendo a quienes optaron por los Préstamos Solidarios 2020 y 2021.
“Mientras tengas un saldo pendiente por los beneficios que solicitaste, tienes la obligación de presentar tu Declaración de Renta, porque es en este proceso donde se calcula el monto de la o las cuotas y se realiza su pago“, detalla el sitio web del SII.
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Por lo demás, se trata de la única vía posible para solicitar la devolución de excedentes, siempre que corresponda.
Así el cálculo del monto tendrá en cuenta un reajuste según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
“Si deseas prepagar parcial o totalmente el o los Préstamos Solidarios que solicitaste, y que ello se refleje en esta Operación Renta 2025, tienes plazo hasta el 31 de marzo de este año para hacerlo. Si lo realizas después de esa fecha, esos abonos no estarán incorporados en el cálculo del monto a pagar”, explican.
“Puedes realizar el prepago a través del Formulario 50, seleccionando la opción Declarar y pagar (F50), luego Ingresar Nuevos Datos", siguen.
Operación Renta 2025: ¿De cuánto será la cuota del Préstamo Solidario y hasta cuándo se paga?
Según explica la plataforma antes mencionada, el plazo de pago dependerá de la versión a la que se postuló en primera instancia.
De este modo, quienes hicieron la petición en 2020, así como quienes optaron por el Beneficio Especial para Independientes, deberán abonar el último monto este año.
En tanto, aquellos que eligieron el Préstamo Solidario 2021 enfrentarán el pago de la tercera cuota de las cuatro que serán.
En todos los casos el valor corresponderá al 30% del monto solicitado. A la vez hay que tener en cuenta que:
- El monto a pagar por cada cuota no puede ser mayor al 5% de los ingresos anuales obtenidos en el año 2024.
- Si no se obtuvieron ingresos durante el año pasado no se debe realizar ningún pago ni trámite adicional.
En cualquier caso, si hay dudas sobre el estado de todo, se puede consultar el detalle de los beneficios solicitados haciendo clic aquí.