Megamedia busca anular fallo a favor de Paulina de Allende-Salazar por despido polémico
La empresa televisiva alega imparcialidad en el juicio y cuestiona la actuación de la jueza que dictó la sentencia.

Agencia Uno
Megamedia presentó un recurso de nulidad contra la sentencia del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago que condenó a la empresa a indemnizar a la periodista Paulina de Allende-Salazar tras su despido en 2023.
El despido de la comunicadora se produjo luego de que utilizara el término “paco” para referirse a un carabinero asesinado, lo que generó una ola de críticas y denuncias contra la señal privada.
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La periodista demandó a Megamedia alegando vulneración de sus derechos fundamentales, como la protección a la honra y la libertad de expresión.
Bajo ese contexto, el fallo original estableció que el despido de De Allende-Salazar vulneró su dignidad y ordenó a pagar más de $260 millones en indemnizaciones, ofrecer disculpas públicas y capacitar a sus equipos en derechos fundamentales.
La jueza Luz Celedón concluyó que el término “paco” está normalizado culturalmente, pero la empresa insiste en que su uso, en el contexto de un despacho sobre un carabinero asesinado, dañó su imagen y la confianza de la audiencia.
La respuesta judicial de Megamedia
Ante esta decisión judicial, Megamedia presentó un recurso de nulidad contra la sentencia, argumentando que el fallo es “previsible, ilegal e ilógico” y acusó a la magistrada de no garantizar imparcialidad debido a un supuesto conflicto de intereses, recogió La Tercera.
En su recurso, los abogados de la empresa afirman que Celedón forma parte de una sociedad profesional que previamente patrocinó causas relacionadas con la demandante, lo que, según ellos, comprometió la imparcialidad del proceso.
“La magistrada se negó a inhabilitarse, afectando el derecho al debido proceso de nuestra representada”, sostiene el escrito, según el citado medio.
Megamedia también cuestionó la evaluación de las pruebas en el juicio, asegurando que la sentencia desestimó evidencias que demostraban el impacto negativo del comentario en la empresa y el público. “El tribunal ignoró elementos probatorios clave, incurriendo en violaciones al principio de la sana crítica”, afirmaron.