Hotel Sheraton arriesga multa de $3.800 millones tras denuncia de la SMA por exceso de ruidos
Por su parte, el jefe de la SMA de la RM sostuvo que “es importante hacer un llamado a la responsabilidad a los titulares(...) El ruido también es parte de las garantías para vivir libre de contaminación”.
Este miércoles, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio con una formulación de cargos contra la Hotelera Mirador del Cerro, titular del Hotel Sheraton de Santiago ubicado en Providencia, Región Metropolitana.
La acción judicial se debería a una infracción al Decreto Supremo N° 38 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece la “Norma de Emisión de Ruidos”. Esta norma fue clasificada como grave, por lo que el recinto arriesga una multa de hasta 5 mil UTA, es decir, más de $3.800 millones.
De acuerdo a las autoridades, el hecho tiene se dio luego de cuatro denuncias ciudadanas por ruidos molestos producto de actividades desarrolladas por el establecimiento, principalmente por sonidos provocados por calderas, equipos de climatización y turbinas.
Límite de decibeles en horario diurno
A raíz de esta situación, la Municipalidad de Providencia realizó una serie de fiscalizaciones para constatar una excedencia de 27 decibeles en comparación con lo permitido en horario diurno. Esto, ya que según el Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) registró 92 decibeles, considerando que el límite es de 65.
Por su parte, el jefe de la SMA en la Región Metropolitana, Esteban Dattwyler sostuvo que “es importante hacer un llamado a la responsabilidad a los titulares(...) El ruido también es parte de las garantías para vivir un medioambiente libre de contaminación”.
En ese contexto, el organismo consignó que cerca del 50% de las denuncias que ingresan a la SMA están relacionadas al ruido. Mientras que a nivel nacional, Providencia es la tercera comuna con más denuncias, después de Antofagasta y Santiago.
Finalmente, cabe mencionar que tras la notificación, el Hotel Sheraton tendrá un plazo de 15 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento. Y de 22 días hábiles para formular sus descargos.