;

Corte de Apelaciones de Antofagasta ratificó fallo que obliga a padres a vacunar a su hijo menor de edad

El tribunal de alzada confirmó el dictamen en un fallo unánime, ya que determinó que el juez actuó dentro de sus atribuciones y fundó su decisión en el interés superior del niño.

Corte de Apelaciones de Antofagasta ratificó fallo que obliga a padres a vacunar a su hijo menor de edad

Corte de Apelaciones de Antofagasta ratificó fallo que obliga a padres a vacunar a su hijo menor de edad

Durante esta jornada se conoció el fallo unánime de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que ratificó la resolución del Juzgado de Familia de Calama que obliga a los padres de un niño a permitir la vacunación del menor de edad, correspondiente al Programa Nacional de Inmunización.

El tribunal de alzada estableció que el juez que emitió este dictamen actuó dentro de sus atribuciones, en forma ajustada a derecho y actuando por resolución adecuadamente fundada en el interés superior del niño.

El fallo indica que “si bien conforme a la normativa nacional e internacional, atendida la autonomía de la voluntad de personas, el consentimiento constituye una parte importante de la ética médica y de salud pública, cabe tener presente que este caso, ante el conflicto entre la voluntad de los padres y el interés superior del niño, se ha designado en esta causa a un tercero como curador ad litem, quien informado ha manifestado el consentimiento necesario, por lo que lo resuelto por el Tribunal como medida de protección se encuentra ajustada a derecho”, sostiene el fallo.

[dps_related_post ids=»4819021,4818886″]

Además, la resolución de la Corte de Antofagasta indica que “es un hecho innegable que por regla general las decisiones sobre educación, religión y salud de un niño corresponden a sus padres, pero en casos excepcionales como el presente, en que se puede concluir que existe un abuso de esta potestad parental, toda vez que al intentar imponer propias creencias se pone en riesgo la salud del niño, al privarlo de la inmunidad que el plan aporta, actuando en contra de su interés superior, se justifica la intervención del aparato público, como ocurre en el presente caso”.

“La justificación científica y ética que avala la obligatoriedad de las vacunas radica en la importancia de conseguir el efecto de inmunidad de grupo, o de rebaño, la que es definida como la protección de una determinada población ante una infección debido a un elevado porcentaje de personas vacunadas”, añade el escrito.

Finalmente, señala que “desde el punto de vista ético, se justifica la obligatoriedad por el principio de solidaridad, que va más allá del derecho a decidir sobre la vacunación individual, destacando el bien superior de proteger a la totalidad de la población gracias a una alta cobertura”.

Contenido patrocinado

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen vivo

ADN Radio
En vivo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

URL copiada al portapapeles

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad